Resolución N° 4146/00
Nro de Expediente:
4117-003719-99
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
13/11/2000


Tema:
MULTAS

Resumen:
Multa de 65,3004 U.R. Matías Clemente Sosa y otra, por obra sin permiso en Perú Nº 1815.-

Montevideo, 13 de Noviembre de 2000.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con las construcciones realizadas sin el correspondiente permiso municipal en el inmueble sito en la calle Perú Nº 1815, propiedad de los Sres. Matías Clemente Sosa C.I. Nº 1:760.136-8 y Lucía Der Marcarión;
        RESULTANDO: que el Servicio de Contralor de la Edificación informa que corresponde aplicar una multa de 65,3004 U.R., según lo que establece el literal A, numeral 4, Art. 15 del Decreto No. 21.626 promulgado el 23/IV/84;
        CONSIDERANDO: que en aplicación a lo preceptuado por Resolución Nº 477/87 del 22/I/87, ratificada por Resolución Nº 2.244/94 del 5/VII/94, corresponde que las multas hasta 70 U.R. sean aplicadas por este Ejecutivo Comunal;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1º.- Aplicar una multa de 65,3004 U.R. (sesenta y cinco unidades reajustables con tres mil cuatro diezmilésimas), a los Sres. Matías Clemente Sosa, C.I. Nº 1:760.136-8 y Lucía Der Marcarión, propietarios del inmueble sito en la calle Perú Nº 1815, domiciliados en la calle Portugal Nº 4049, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2º.- Comuníquese al Servicio Gestión de Cobro de Morosos y pase a la División Espacios Públicos y Edificaciones, quién remitirá al Servicio Central de Inspección General los formularios impresos de acuerdo a lo determinado por el Art. R.98 del Volumen II del Digesto Municipal a los efectos de notificar el acto administrativo a los infractores, advirtiéndoles que disponen de un plazo de 30 (treinta) días a contar de la fecha de notificación de la presente resolución para el pago de la multa, bajo apercibimiento de que, en caso de omisión, se iniciará acción judicial para el cobro de la misma.-
ARQ. MARIANO ARANA, Intendente Municipal.-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General.-