Resolución N° 309/00
Nro de Expediente:
4201-000734-00
 
CULTURA
Fecha de Aprobación:
24/1/2000


Tema:
CONVENIO DE PATROCINIO

Resumen:
Aprobar las cláusulas de convenio de patrocinio a suscribirse entre la IMM y la empresa "Top 30 Uruguay SRL", referente al patrocinio de las actividades a desarrollarse en las playas montevideanas, durante la Temporada 1999 - 2000.

Montevideo, 24 de Enero de 2000.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el convenio a suscribirse entre la Intendencia Municipal de Montevideo y la empresa "Top 30 Uruguay SRL";
        RESULTANDO: 1o.) que a través del mismo se patrocinarán las actividades a desarrollarse en las playas montevideanas, durante la Temporada 1999-2000, combinando así, una vez más, esfuerzos público-privados para el logro de objetivos comunes en beneficio de la comunidad;
        2o.) que en tal sentido, se eleva para su aprobación, un proyecto de convenio en el cual se pactan las obligaciones que contraerán ambas partes, el cual luce agregado a fs. 2 de estas actuaciones;
        CONSIDERANDO: que la Dirección General del Departamento de Cultura entiende que procede aprobar las cláusulas del convenio de referencia;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1o.-Aprobar las cláusulas del convenio a suscribirse entre la Intendencia Municipal de Montevideo y la empresa "Top 30 Uruguay SRL", en los siguientes términos: CONVENIO DE PATROCINIO: En Montevideo, a los días del mes de del dos mil, comparecen: POR UNA PARTE: la Intendencia Municipal de Montevideo, en adelante denominada IMM, representada por , en su calidad de , con domicilio en Avda. 18 de Julio Nº 1360 y POR OTRA PARTE: la empresa "Top 30 Uruguay SRL", en adelante denominada la patrocinadora, representada por el Sr. Martín Rius, C.I. Nº 1.929.371-5, en calidad de Director, de dicha empresa, con domicilio en la calle Tomás Gomensoro Nº 2958, quienes acuerdan lo siguiente: ANTECEDENTES: En el marco del Decreto Nº 25.398 y conforme a lo dispuesto en el contrato con la empresa BLANCO MARKETING, aprobado por Resolución Nº 4.248/99 del 9/XI/99, para la gestión de espacios de patrocinio en las playas montevideanas, las partes intervinientes acuerdan suscribir el siguiente convenio de patrocinio. CLAUSULA PRIMERA - OBLIGACIONES DE LA PATROCINADORA: La patrocinadora aportará la suma de U$S 2.500,oo (dólares americanos dos mil quinientos), para financiar las actividades a desarrollarse en las playas de Montevideo, la que deberá ser depositada en la Tesorería Municipal, en la cuenta extrapresupuestal Nº 307010198 del Departamento de Cultura, creada para "Servicios y Actividades en las Playas", a los cinco días hábiles siguientes a la firma del presente convenio. CLAUSULA SEGUNDA: La patrocinadora autoriza a descontar de la referida suma el importe correspondiente a BLANCO MARKETING, de acuerdo con lo previsto en la Cláusula Cuarta, literal a), del contrato con dicha empresa, aprobado por Resolución Nº 4.248/99 del 9/XI/99, para la gestión de espacios de patrocinio en las playas montevideanas. CLAUSULA TERCERA: La IMM se compromete a autorizar a la patrocinadora a realizar actividades promocionales del producto VASCOLET en las playas de Montevideo, según cronograma que se coordinará con la Comisión de Educación Física, Deportes y Recreación. CLAUSULA CUARTA - SEGUIMIENTO: La citada Comisión y la División Espacios Públicos y Edificaciones, se encargarán del control del cumplimiento de lo acordado.
        De conformidad y para constancia se firman dos ejemplares de igual tenor en el lugar y fecha indicados en el acápite.-
        2o.-Delegar la firma del presente convenio en el Director General del Departamento de Cultura.-
        3o.-Comuníquese a la Secretaría General para su transcripción a la Junta Departamental de Montevideo, al Departamento de Recursos Financieros, a las Divisiones Turismo y Recreación y Espacios Públicos y Edificaciones, al Servicio de Relaciones Públicas y Comunicaciones, a las Unidades de Apoyo y Asesoramiento del Departamento de Cultura y de Convenios, a la Comisión de Educación Física, Deportes y Recreación y pase - por su orden - al citado Departamento para la suscripción del convenio de referencia y al Servicio de Contabilidad General.-
SR. ALBERTO ROSSELLI, Intendente Municipal (I.).-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General .-