Resolución N° 3831/99
Nro de Expediente:
6370/0042254-99
 
DESARROLLO AMBIENTAL
Fecha de Aprobación:
12/10/1999


Tema:
EXPROPIACIONES

Resumen:
Se aprueba la tasación practicada por la Unidad de Expropiaciones, estimada en la suma de U.R .4.822,7023, por la indemnización que corresponde pagar por la expropiación parcial del inmueble Padrón 57.209.

Montevideo, 12 de Octubre de 1999.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la expropiación parcial del inmueble empadronado con el No. 57.209, afectado por las obras "Refuerzo del interceptor margen izquierdo, modificación de los vertederos y cruce del Arroyo Miguelete" y obras anexas;
        RESULTANDO: 1o.) que por el Decreto No. 28.023 de fecha 16 de abril de 1998, la Junta Departamental de Montevideo, facultó a la Intendencia Municipal, a proceder a la expropiación del mencionado predio, siendo promulgado dicho Decreto por Resolución No.1.452/98 de fecha 27 de abril de 1998;
        2o.) que por Resolución No. 130/98, de fecha 5 de mayo de 1998, se dispuso la expropiación correspondiente;
        3o.) que la Unidad Ejecutora del Plan de Saneamiento expresa, que el área a expropiar, es de 318 mc 66 dm, según plano de mensura del Ingeniero Agrimensor José C. Hantzis de fecha abril de 1994 y mayo de 1997, inscripto en la Dirección Nacional de Catastro, con el No. 30.441, el día 27 de julio de 1998;
        4o.) que la mencionada Unidad informa, que con fecha 12 de abril de 1999 se recibió el informe de la tasación practicada por la Unidad de Expropiaciones de la División Planificación Territorial, la que expresa que de acuerdo a las actuales características el valor total del área afectada asciende a la suma de $ 800.000,oo equivalentes a U.R. 4.217,6296 , habiéndose tomado la Unidad Reajustable vigente al mes de abril de 1999 a $ 189,68;
        5o.) que el Sr. Pablo Fattorini C.I. 1.697.626-7, propietario del inmueble a enajenar, recurre la tasación en base a que el traslado del local comercial genera gastos, que no han sido evaluados;
        6o.) que la Unidad de Expropiaciones con fecha 15 de setiembre de 1999, estimó justa la petición del propietario, por lo cual se efectúa una nueva tasación que se ascendió a la suma de $ 933.000,oo equivalentes a U.R. 4.822,7023;
        CONSIDERANDO: 1o.) que se efectuó la solicitud SEFI No. 32.008 por la suma de $ 933.001,48, aplicándose la Unidad Reajustable al mes de setiembre de 1999 a $ 193,46;
        2o.) que el Director General del Departamento de Desarrollo Ambiental, es de opinión favorable en que se apruebe la tasación practicada, a efectos de poder contar con el bien en forma inmediata;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1o.-Aprobar la tasación practicada por la Unidad Expropiaciones de la División Planificación Territorial, estimada en la suma de CUATRO MIL OCHOCIENTAS VEINTIDOS UNIDADES REAJUSTABLES CON SIETE MIL VEINTITRES DIEZMILESIMAS (U.R. 4822,7023) equivalentes a PESOS URUGUAYOS NOVECIENTOS TREINTA Y TRES MIL UNO CON CUARENTA Y OCHO CENTESIMOS ($ 933.001,48 al mes de setiembre de 1999), para la indemnización que corresponde pagar, al Sr. Pablo Fattorini, C.I. 1.697.626-7, por la expropiación parcial del inmueble empadronado con el No. 57.209, afectado por las obras "Refuerzo del interceptor margen izquierda, modificación de los vertederos y cruce del Arroyo Miguelete" y obras anexas.
        2o.-Comuníquese al Departamento de Recursos Financieros, a la Unidad Central de Planificación Municipal y a la División Planificación Territorial y pase a la Unidad Ejecutora del Plan de Saneamiento para la notificación del propietario y en caso de obtenerse su conformidad, tramite estas actuaciones al Servicio de Contabilidad General para la intervención del gasto y posterior devolución a la Unidad Ejecutora del Plan de Saneamiento a fin de proceder a la escrituración simultánea con el libramiento de la orden de pago, fijándose un plazo de quince (15) días para la desocupación del inmueble bajo apercibimiento de procederse al lanzamiento de los ocupantes, a cualquier título, en el plazo de treinta (30) días.
ARQ. MARIANO ARANA, Intendente Municipal.-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General.-