Resolución N° 79/16/6300
Nro de Expediente:
4438-006402-15
 
DESARROLLO AMBIENTAL
Fecha de Aprobación:
11/3/2016


Tema:
MULTAS

Resumen:
Se aplica una multa de UR 20 a la empresa BOCHARD TEJERIA LUIS ALBERTO, CI No. 1.793.945-6.

Montevideo, 11 de Marzo de 2016.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la empresa BOCHARD TEJERIA LUIS ALBERTO, RUT No. 212745260019, cuyo titular es el Sr. Bochard, CI No. 1.793.945-6, con domicilio en la calle Francisco de Lemos No. 4155, dentro de los límites del Servicio Centro Comunal Zonal No. 11, correspondiente al Municipio D;
        RESULTANDO: 1o.) que la Unidad Guardia Ambiental, dependiente de la División Limpieza, intimó a la mencionada firma a que presente la Declaración Jurada de Generación de Residuos Sólidos No Domiciliarios (DGRSND), según Boleta No. 08254 de fecha 16 de enero de 2014;
        2o.) que la DGRSND presentada no fue de recibo, por lo tanto se dio cumplimiento a lo dispuesto en el Art. R.69 del Volumen II del Digesto, dándole vista a la mencionada empresa del contenido del expediente y solicitando la presentación de una nueva Declaración Jurada;
        3o.) que con fecha 24 de noviembre de 2015 el Servicio de Planificación, Administración y Apoyo expresa, que dicha firma no ha presentado la DGRSND solicitada y por lo tanto se sugiere que se aplique una multa de UR 20 (unidades reajustables veinte) al amparo del Art. 2, del Decreto No. 35.337 de la Junta Departamental de Montevideo de fecha 11 de diciembre de 2014, donde se establece: "La no presentación de la Declaración Jurada de Generación de Residuos Sólidos No Domiciliarios (DGRSND) ante la Oficina Comercial dependiente de la División Limpieza, acarreará una multa que se graduará entre 20 UR y el máximo legal (350 UR)";
        CONSIDERANDO: 1o.) que el Director de la
        División Limpieza es de opinión favorable en que se aplique la multa solicitada;

        2o.) que según Resolución

        No. 3248/15, de fecha 9 de julio de 2015, el Intendente de Montevideo delegó en el Director General del Departamento de Desarrollo Ambiental, la facultad de aplicar
        multas hasta un monto de 55 UR;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE DESARROLLO AMBIENTAL
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1o.-Aplicar una multa de UR 20 (unidades reajustables veinte) a la empresa BOCHARD TEJERIA LUIS ALBERTO, CI No. 1.793.945-6, con domicilio en la calle Francisco de Lemos No. 4155, dentro de los límites del Servicio Centro Comunal Zonal No. 11, correspondiente al Municipio D, por las razones indicadas en la parte expositiva de la presente Resolución.
        2o.-Comuníquese al Municipio D, al Servicio Gestión de Contribuyentes y pase a la División Limpieza para la notificación de la empresa involucrada, a la que se le hará saber en dicho acto, que dispone de un plazo de 30 (treinta) días a partir de la notificación, para el pago de la sanción impuesta, bajo apercibimiento que en caso de incumplimiento se ejecutará el cobro mediante acción judicial.

Oscar Curutchet, Director General del Departamento de Desarrollo Ambiental..-