Resolución N° 138/14/6300
Nro de Expediente:
6301-000377-14
 
DESARROLLO AMBIENTAL
Fecha de Aprobación:
15/8/2014


Tema:
SANEAMIENTO

Resumen:
Se modifica parcialmente la estructura orgánica administrativa del Servicio de Administración de Saneamiento.

Montevideo, 15 de Agosto de 2014.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la adopción de diferentes medidas organizativas y el traslado de funcionarios en función de las necesidades operativas del momento del Servicio de Administración de Saneamiento;
        RESULTANDO: 1o.) que el Grupo de Conexiones, creado por Resolución No. 93/99/6300 de fecha 1º de marzo de 1999, pasó a depender del Servicio de Administración de Saneamiento como Unidad 6396, Conexiones, por Resolución No. 158/08/6300 de fecha 17 de julio de 2008;
        2o.) que si bien el objetivo inicial de ese Grupo fue facilitar la materialización de las conexiones domiciliarias exclusivamente en las zonas saneadas en el marco del “Plan de Saneamiento Urbano, 3ª Etapa” (PSU III), Préstamo BID No. 948/OC-UR y luego también ampliado a las zonas comprendidas en el “Plan de Saneamiento Urbano, 4ª Etapa” (PSU IV), Préstamo BID No. 1819/OC-UR, y en el “Plan de Saneamiento Urbano, 2ª Etapa” (PSU II), Préstamo BID No. 575/OC-UR, la continua ejecución de redes de colectores en diversas zonas del Departamento de Montevideo con recursos propios del Programa 0802, “Saneamiento” y de otros Programas del Presupuesto de esta Intendencia, ha venido a ampliar las áreas donde se requiere asesorar a los vecinos y controlar la ejecución de las obras intradomiciliarias;
        3o.) que la creación del “Fondo Rotatorio de Conexiones” (FRC) por Decreto No. 32.265 de la Junta Departamental de Montevideo de fecha 30 de octubre de 2007 y su reglamentación por Resolución No. 2401/08 de fecha 2 de junio de 2008, en el marco del PSU IV, también estableció nuevas responsabilidades para el Grupo de Conexiones, al definir que su informe será preceptivo para determinar la obra a financiar y su monto por parte de dicho Fondo;
        4o.) que la Resolución No. 1.249/14 de fecha 31 de marzo de 2014, estableció un nuevo sistema para la tramitación de conexiones al colector público, extendiendo a toda la zona saneada de Montevideo las mismas condiciones que ya regían exclusivamente para las redes de colectores construidas en el marco de las distintas etapas del “Plan de Saneamiento Urbano”, de modo de uniformizar criterios, agilitar y abaratar los trámites burocráticos necesarios. Estableció además que en los casos de aplicación de la identificada como Modalidad 1 del trámite de Toma de Conexión, el Esquema Funcional será realizado por la Administración sin costo para el propietario o poseedor de la vivienda, lo cual en muchos casos también implica la intervención del Grupo de Conexiones;
        5o.) que la sistematización del uso del sistema separativo en Montevideo, con sus ventajas ambientales en lo que respecta a la contaminación de los cuerpos de agua, requiere un mayor control de la forma que se ejecutan las conexiones intradomiciliarias por el problema que significa el aporte irregular de aguas pluviales a los colectores públicos, tarea que por afinidad y similitud con otras debiera ser realizada por el Grupo de Conexiones, por lo menos hasta tanto se cree un Sector específico al respecto;
        6o.) que el contrato “Plan de Mejora de la Gestión Comercial de la División Saneamiento”, en desarrollo en el marco del PSU IV, incluye el estudio de diversas medidas de carácter técnico - comercial, entre las que se destaca: i) la extensión de la facturación de tarifa de saneamiento a todos los usuarios del servicio de colectores, incorporando a aquellos con fuentes propias de agua; ii) la mejora del Catastro de Conexiones. Al efecto el Consorcio contratista (INECON – SEINCO – SYNAPSIS) ha propuesto la creación de nuevas Unidades especializadas en el Servicio de Administración de Saneamiento para llevar adelante estas tareas, desarrollando los correspondientes Manuales de

        Funciones e indicando la dotación y perfil del personal que considera necesarios;

        7o.) que aunque se compartiera la propuesta indicada, hasta el próximo Presupuesto Quinquenal existen limitaciones normativas para crear nuevos cargos, puestos de trabajo y Unidades, sin perjuicio de lo cual es necesario llevar adelante las tareas indicadas por su impacto en la mejora de la gestión del servicio de saneamiento tanto en lo que refiere a la calidad de la atención a la población como a lograr su sostenibilidad financiera en el largo plazo;
        8o.) que en lo que respecta al Catastro de Usuarios y en particular del catastro físico, el Servicio de Administración de Saneamiento ha venido realizando algunas tareas pero sin una estructura orgánica definida y con otras carencias que diluyen su importancia como soporte de las funciones comerciales de ese Servicio y de otras actividades, competencia de los demás Servicios de la División Saneamiento, lo cual también ha contribuido a profundizar diversos problemas relacionales entre algunos funcionarios, que es necesario resolver;
        CONSIDERANDO: 1o.) que como consecuencia de todo lo expresado anteriormente, se ha producido un incremento en la casuística de situaciones y tareas que debe atender el Servicio de Administración de Saneamiento, por lo cual es necesario resguardar y fortalecer la capacidad técnica operativa de algunas Unidades que lo integran, a través del incremento de su dotación de recursos humanos, ajustes organizativos y clara definición de sus cometidos, responsabilidades y límites de actuación;
        2o.) que la experiencia que se vaya acumulando en los próximos meses permitirá definir, en forma más precisa, como pasar de la situación de transición que se establece en este acto administrativo a una definitiva que permita un adecuado gerenciamiento y planificación a todas las tareas que son soporte de las funciones de ese Servicio y de otros de la División Saneamiento;
        3o.) que el Servicio de Administración de Saneamiento expresa su conformidad al inicio de un proceso de estructura organizativa y funcional;
        4o.) que por la Resolución No. 4264/10 de fecha 15 de setiembre de 2010, la Intendenta de Montevideo delegó en el Director General del Departamento de Desarrollo Ambiental la potestad de reestructurar la denominación y organización de sus dependencias previo cumplimiento de ciertas condiciones, las cuales han sido debidamente atendidas;
        5o.) que el Director de la División Saneamiento y esta Dirección General consideran estratégicas y parte de la Misión de la División Saneamiento muchas de las tareas indicadas y que por lo tanto estiman procedente el dictado de resolución de conformidad con las consideraciones anteriores;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL
        DEPARTAMENTO DE DESARROLLO AMBIENTAL
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1o.-Disponer que:
        1.1.-Las tareas técnicas vinculadas a la incorporación de la facturación a usuarios con fuentes propias de agua, como ser lectura de medidores, dar seguimiento a los que están en proceso de instalación por el Consorcio contratista del “Plan de Mejora de la Gestión Comercial de la División Saneamiento”, determinación del coeficiente de vertido, mejora de la medición, entre otras tareas necesarias, serán responsabilidad del Sector Usuarios y Conexiones (Unidad 6393).
        1.2.-Las tareas comerciales vinculadas a la incorporación de la facturación a usuarios con fuentes propias de agua, serán responsabilidad del Sector Facturación y Cobranza (Unidad 6399).
        2o.-Disponer que:
        2.1.-Los trabajos de gabinete vinculados al Catastro de Usuarios, como ser el i) alta de servicios que surgen de la habilitación y construcción de nuevas conexiones, regularización de conexiones existentes, altas fictas a partir de trabajos de actualización del catastro en gabinete y campo, etc., ii) baja de servicios solicitadas por los propios usuarios, iii) relacionamiento o macheo entre suministros de OSE y unidades ocupacionales de la Intendencia de Montevideo, iv) modificación en los datos de un servicio como consecuencia de acciones de atención a usuarios, cambios en los datos recibidos de OSE o de la base de datos de ingresos departamentales, etc., v) otros, serán responsabilidad del Sector Facturación y Cobranza (Unidad 6399).
        2.2.-Los trabajos de campo vinculados al Catastro de Usuarios, en particular la inspección de predios para verificar los datos catastrales físicos de un servicio (verificación de la conexión al saneamiento, resolución de inconsistencias entre la información de OSE y de esta Intendencia, etc.), entre otros necesarios, serán responsabilidad del Grupo de Conexiones (Unidad 6396).
        3o.-Disponer que el ámbito de actuación territorial del Grupo de Conexiones comprenderá toda el área de Montevideo que ya cuenta con red pública de colectores o esté en construcción, independientemente que las obras correspondientes estén o no realizadas en el marco del Plan de Saneamiento Urbano.
        4o.-A partir de la fecha de la presente Resolución, la Unidad 6396 pasará a llamarse Conexiones e Instalaciones Internas y dependerán de ella los actuales Sector Usuarios y Conexiones (Unidad 6395), que pasará a llamarse Sector Usuarios y Conexiones Extradomiciliarias y el Sector Conexiones (hoy Grupo de Conexiones), que pasará a denominarse Sector Conexiones Intradomiciliarias y se le asignará la Unidad 6397 (antes CENAP). Estos Sectores incorporarán a sus cometidos los indicados en los numerales 1 y 2 de este acto administrativo y todo el personal que actualmente reviste en los Sectores cuya denominación se modifica, que mantendrán sus actuales puestos, remuneración y condiciones laborales.
        5o.-Designar al Ing. Agrim. Leonardo Puei, C.I. No. 1.859.420, para fortalecer el proceso que se inicia, como Encargado de la Unidad Conexiones e Instalaciones

        Internas, por un período de 6 meses.

        6o.-Trasladar al Ing. Luis Esquerré, C.I. No. 2.624.809, del Servicio de Administración de Saneamiento al Servicio de Disposición Final de Residuos de la División Limpieza. Sin perjuicio de ello, el funcionario tendrá dedicación exclusiva al Grupo de Trabajo que se crea por el numeral 8o. de este acto administrativo, hasta tanto se finalice la tarea que se encomienda.
        7o.-La Dirección de la División Saneamiento realizará otros traslados de personal entre los Servicios que la integran, a efectos de fortalecer adecuadamente a la Unidad 6396, Conexiones e Instalaciones Internas.
        8o.-Crear un Grupo de Trabajo que estará integrado por el Ing. Agrim. Leonardo Puei, que lo coordinará, el Ing. Luis Esquerré del Servicio de Disposición Final de Residuos, el Ing. Gabriel Dos Santos del Servicio de Operación y Mantenimiento de Saneamiento, C.I. No. 1.832.874 y la Ing. Alida Alves, C.I. No. 4.257.175, del Servicio de Estudios y Proyectos de Saneamiento, con el cometido de definir explícitamente las responsabilidades funcionales de las Unidades y Sectores indicados precedentemente, así como establecer un plan de trabajo y procedimientos para llevar adelante las nuevas funciones de catastro físico de usuarios y trabajos de campo vinculados a la facturación de usuarios con fuentes propias. Dicho Equipo de Trabajo dispondrá de un plazo de 1 (un) mes para la completa finalización de la tarea que se encomienda.
        9o.-Comuníquese a la Secretaría General, a los distintos Municipios, al Departamento de Gestión Humana y Recursos Materiales, a las Divisiones Saneamiento, Limpieza, Administración de Personal y Tecnología de la Información, a los Servicios Administración de Saneamiento, Obras de Saneamiento, Operación y Mantenimiento de Saneamiento, Estudios y Proyectos de Saneamiento, Planeamiento y Desarrollo de Gestión Humana, Administración de Gestión Humana y Liquidación de Haberes, a la Unidad Ejecutora de Saneamiento, al Centro de Formación y Estudios, a las Unidades de Selección y Carrera Funcional, Información de Personal y Auditoría de Personal, al Equipo Técnico de Actualización Normativa; cumplido, pase a la Oficina Central del Departamento para notificación de los distintos funcionarios.

Juan Canessa, Director General del Departamento de Desarrollo Ambiental..-