Resolución N° 1316/99
Nro de Expediente:
4117-003508-97
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
13/4/1999


Tema:
MULTAS

Resumen:
Proyecto Decreto Junta Dptal, imponer 16 multas 73,4629 U.R. c/u, Cergio Aranaga, construcciones pendientes regularización Cno. La Cruz del Sur y Amapolas

Montevideo, 13 de Abril de 1999.-
 
        VISTO: estas actuaciones relacionadas con las construcciones pendientes de regularización, en el inmueble Padrón Nº 100.406, sito en el Cno. La Cruz del Sur y la calle Amapolas, propiedad del Sr. Cergio Aranaga Ballesteros, C.I. Nº 658.024-8;
        RESULTANDO: 1º) que el predio se encuentra ubicado en zona rural y el propietario ha celebrado contratos de arrendamiento con distintas personas, las que con su autorización procedieron a realizar construcciones sin el correspondiente permiso municipal, quedando las mejoras en beneficio de la propiedad;
        2º) que el Servicio de Contralor de Edificaciones informa que: a) corresponde aplicar 16 multas de 73,4629 U.R. cada una, de acuerdo con lo que establece el numeral 2, literal C, del Art. 15º, Sección III del Decreto Departamental Nº 21.626 promulgado el 23/IV/84 y b) si no da cumplimiento a los requisitos exigidos dentro de un plazo de 120 días calendario se aplicarán 16 multas de 97,9506 U.R. cada una;
        3º) que por la presente se sancionan las construcciones realizadas en los Lotes Nº 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15 y 16 según gráfico de ubicación que luce a fs. 13 del expediente Nº 4117-003508-97;
        CONSIDERANDO: que de acuerdo con los términos de la Resolución Nº 477/87 del 22/I/87, por las multas mayores de 70 U.R. corresponde previo a su aplicación, solicitar anuencia a la Junta Departamental de Montevideo;

        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1º.- Remitir a consideración de la Junta Departamental de Montevideo el siguiente:
        PROYECTO DE DECRETO
        Artículo 1º.- Autorízase a la Intendencia Municipal de Montevideo para imponer 16 (dieciséis) multas de 73,4629 U.R. (setenta y tres unidades reajustables con cuatro mil seiscientas veintinueve diezmilésimas) cada una, al Sr. Cergio Aranaga Ballesteros, C.I. Nº 658.024-8, propietario del inmueble Padrón Nº 100.406 sito en el Cno. La Cruz del Sur y la calle Amapolas, con domicilio en la calle Marrubio Nº 4018, por construcciones pendientes de regularización en los Lotes Nº 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15 y 16 según gráfico de ubicación que luce a fs. 13 del expediente Nº 4117-003508-97, de acuerdo con lo que establece el numeral 2, literal C, del Art. 15º, Sección III del Decreto Nº 21.626 promulgado el 23/IV/84.-
        Artículo 3º.- Comuníquese.-
        2º.- Pase a la Secretaría General para su remisión sin más trámite a la Junta Departamental de Montevideo.-
ARQ. MARIANO ARANA, Intendente Municipal.-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General.-