Resolución N° 5356/04
Nro de Expediente:
9055-014125-04
 
CULTURA
Fecha de Aprobación:
8/11/2004


Tema:
CONVENIO

Resumen:
Aprobar las cláusulas de convenio a suscribirse entre la IMM y el Sr. Nelson Tirelli, C.I. No. 1.773.246-0, a través del cual se presentará la obra de teatro para niños "Ta que te cuento" en la sala del Planetario Municipal "Ing. Agrim. Germán Barbato".-

Montevideo, 8 de Noviembre de 2004.-
 
        VISTO: la gestión promovida por el Sr. Nelson Tirelli, C.I. No. 1.773.246-0, de presentar una obra de teatro para niños titulada "Ta que te cuento", los días domingos del mes de noviembre del año en curso, en el Planetario Municipal "Ing. Agrim. Germán Barbato";
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio de Ciencias y Recreación, manifiesta no tener inconvenientes con la disponibilidad de la Sala; solicitando como contrapartida un 20 % de lo recaudado en insumos necesarios para la Unidad Planetario, de acuerdo a lo que su Dirección determine;
        2o.) que la División Turismo y Recreación, entiende que se debería acceder a lo solicitado, redactándose las cláusulas de convenio, donde se pacten las obligaciones que contraerán las partes;
        CONSIDERANDO: que la Dirección General del Departamento de Cultura, estima pertinente proveer de conformidad;

        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:

        1o.- Autorizar el texto de convenio a suscribirse entre la Intendencia Municipal de Montevideo, y el Sr. Nelson Tirelli, de acuerdo a lo siguiente: CONVENIO: En Montevideo, ----- a los ------ días del mes de ----- de dos mil cuatro, comparecen: POR UNA PARTE: la Intendencia Municipal de Montevideo, en adelante denominada IMM, representada por ----, en su calidad de -------, con domicilio en Avda. 18 de Julio Nº 1360 y POR OTRA PARTE: el Sr. Nelson Tirelli, C.I. No. 1.773.246-0, con domicilio en la calle Río Negro No. 1055, quienes convienen lo siguiente:
        PRIMERO - ANTECEDENTES: En el marco de la cooperación público - privada, se han venido desarrollando distintas acciones que han permitido diversificar la oferta cultural de la ciudad. El proyecto teatral para niños "Ta que te cuento", se encuentra comprendido dentro de este marco y será realizado en el Planetario Municipal "Ing. Agrim. Germán Barbato".
        SEGUNDO: La IMM, a través de la División Turismo y Recreación del Departamento de Cultura, permitirá el uso a los responsables del proyecto, de la Sala del Planetario Municipal "Ing. Agrim. Germán Barbato" para la realización de las presentaciones teatrales de la obra de referencia, los días domingos del mes de noviembre del año en curso, a la hora 15.00, para realizar el espectáculo mencionado en los antecedentes.
        TERCERO: Los responsables del proyecto se comprometen a utilizar las instalaciones con la diligencia de un buen padre de familia y a restituirlas en las condiciones de higiene y mantenimiento en que le fueran entregadas, el día siguiente al del último espectáculo.
        CUARTO: El precio de las entradas será de:
        • Menores: $U 30,00 (pesos uruguayos treinta).
        • Mayores: $U 50,00 (pesos uruguayos cincuenta).
        • Descuentos Tarjeta Joven: dos por uno
        • Pasivos: Socio Espectacular
        La boletería estará a cargo de los responsables del proyecto.
        QUINTO: Los responsables del proyecto deberán entregar a la IMM, como contrapartida, el 20 % (veinte por ciento) de lo recaudado en insumos para la Unidad, de acuerdo a lo que su Dirección determine. Los responsables del proyecto y quien designe la Dirección de la Unidad municipal controlarán las recaudaciones. El plazo para la entrega de dicha contrapartida será de 10 días una vez realizado el último espectáculo.
        SEXTO: En caso de constatarse daños por parte de la Unidad Planetario Municipal los responsables del proyecto deberán hacerse cargo del costo de las reparaciones o de las reposiciones correspondientes.
        SEPTIMO: Corresponde a los responsables del proyecto hacerse cargo del pago a AGADU y de los impuestos que corrrespondan.-
        OCTAVO: La mora se producirá, en todos los casos no previstos especialmente en este convenio, de pleno derecho y sin necesidad de acto, acta, protesta, protesto o interpelación judicial o extrajudicial alguna por el solo vencimiento de los términos establecidos, así como por la realización u omisión de cualquier acto o hecho que se traduzca en hacer algo contrario a lo estipulado o no hacer lo convenido.
        NOVENO: Las partes acuerdan la validez y eficacia de cualquier notificación entre ellas referida a este contrato, o a su cumplimiento y desenvolvimiento, que se practique por carta certificada, con acuse de recibo, telegrama colacionado y certificado, acta notarial y/o cualquier otro medio escrito, fehaciente y auténtico.
        DECIMO: En caso de incumplimiento, la IMM podrá rescindir unilateralmente el convenio.
        De conformidad y para constancia se firman dos ejemplares de igual tenor en el lugar y fecha señalados en el acápite.-
        2o.- Delegar la firma del presente convenio que se aprueba precedentemente en el Director General del Departamento de Cultura.-
        3o.- Comuníquese a la Secretaría General, al Departamento de Recursos Financieros, a la División Turismo y Recreación, a los Servicios de Prensa y Comunicación, Relaciones Públicas, Escribanía, y Ciencias y Recreación, a la Contaduría General, a las Unidades de Gestión Presupuestal del Departamento de Cultura, Convenios, y Planetario, y pase al Departamento de Cultura para la suscripción del contrato de arrendamiento de referencia.-
ARQ. MARIANO ARANA, Intendente Municipal.-
LAURA FERNANDEZ, Secretaria General.-