Resolución N° 307/00
Nro de Expediente:
4201-000231-00
 
CULTURA
Fecha de Aprobación:
24/1/2000


Tema:
CONVENIO DE PATROCINIO

Resumen:
Aprobar las cláusulas de convenio de patrocinio a suscribirse entre la IMM y la empresa CAUVI, referente al patrocinio de las actividades a desarrollarse en las playas montevideanas, durante la Temporada 1999 - 2000.

Montevideo, 24 de Enero de 2000.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el convenio a suscribirse entre la Intendencia Municipal de Montevideo y la empresa "Cauvi S.A.";
        RESULTANDO: 1o.) que a través del mismo se patrocinarán las actividades a desarrollarse en las playas montevideanas, durante la Temporada 1999-2000, combinando así, una vez más, esfuerzos público-privados para el logro de objetivos comunes en beneficio de la comunidad;
        2o.) que en tal sentido, se eleva para su aprobación, un proyecto de convenio en el cual se pactan las obligaciones que contraerán ambas partes, el cual luce agregado a fs. 2 de estas actuaciones;
        CONSIDERANDO: que la Dirección General del Departamento de Cultura entiende que procede aprobar las cláusulas del convenio de referencia;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1o.-Aprobar las cláusulas del convenio a suscribirse entre la Intendencia Municipal de Montevideo y la empresa "Cauvi S.A.", en los siguientes términos: CONVENIO DE PATROCINIO: En Montevideo, a los días del mes de del dos mil, comparecen: POR UNA PARTE: la Intendencia Municipal de Montevideo, en adelante denominada IMM, representada por , en su calidad de , con domicilio en Avda. 18 de Julio Nº 1360 y POR OTRA PARTE: la empresa "Cauvi S.A.", en adelante denominada la patrocinadora, representada por el Sr. Augusto Eduardo Victorica Turene, C.I. No. 1.033.107-9, en calidad de , de dicha empresa, con domicilio en Bvar. España Nº 2669, quienes acuerdan lo siguiente: ANTECEDENTES: En el marco del Decreto Nº 25.398 y conforme a lo dispuesto en el contrato con la empresa BLANCO MARKETING, aprobado por Resolución Nº 4.248/99 del 9/XI/99, para la gestión de espacios de patrocinio en las playas montevideanas, las partes intervinientes acuerdan suscribir el siguiente convenio de patrocinio. CLAUSULA PRIMERA - OBLIGACIONES DE LA PATROCINADORA: La patrocinadora aportará 100 (cien) pasajes I/V a la ciudad de Buenos Aires, vía terrestre, a usar durante la presente temporada de verano, por un valor de U$S 5.000,oo (dólares americanos cinco mil), a la firma del presente convenio. CLAUSULA SEGUNDA - OBLIGACIONES DE LA IMM: La IMM se compromete a autorizar a la patrocinadora la colocación de dos banderas por playa. Asimismo, contará con retorno en medios de comunicación (radio y prensa), reservándole el derecho de exclusividad de la marca en la "V Corrida San Felipe y Santiago". CLAUSULA TERCERA: La Comisión de Educación Física, Deportes y Recreación de la División Turismo y Recreación y la División Espacios Públicos y Edificaciones se encargarán del control del cumplimiento de lo acordado.
        De conformidad y para constancia se firman dos ejemplares de igual tenor en el lugar y fecha indicados en el acápite.-
        2o.-Delegar la firma del presente convenio en el Director General del Departamento de Cultura.-
        3o.-Comuníquese a la Secretaría General para su transcripción a la Junta Departamental de Montevideo, a las Divisiones Turismo y Recreación y Espacios Públicos y Edificaciones, al Servicio de Relaciones Públicas y Comunicaciones, a la Comisión de Educación Física, Deportes y Recreación, a la Unidad de Convenios, y pase al Departamento de Cultura para la suscripción del

        convenio de referencia.-
SR. ALBERTO ROSSELLI, Intendente Municipal (I.).-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General .-