Resolución N° 1306/16/2000
Nro de Expediente:
2016-2230-98-002679
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
4/10/2016


Tema:
EXONERACIONES - CONTRIBUCION INMOBILIARIA

Resumen:
Se declara exonerada a la "Fundación Rodney Arismendi" del pago del 100% del impuesto de Contribución Inmobiliaria y sus adicionales que gravan al inmueble de su propiedad padrón No. 887 unidad 103, por los ejercicios 2016 a 2020 inclusive, por lo que esta Intendencia dejará de percibir anualmente la suma aproximada de $ 19.683,00.-

Montevideo, 4 de Octubre de 2016.-
 
        VISTO: la gestión de la "Fundación Rodney Arismendi" por la que solicita exoneración de pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava al inmueble de su propiedad padrón No. 887 unidad 103, ubicado en la calle Gaboto Nº 1461;
        RESULTANDO: 1o.) que la gestionante ha sido objeto de similar exención fiscal por el ejercicio 2015, según Resolución No. 5126/15 de 3 de noviembre de 2015;
        2o.) que el Servicio de Ingresos Inmobiliarios informa que la gestionante cumple con los requisitos exigidos por el art. 69 de la Constitución de la República, por lo que corresponde otorgar la exención del 100% del referido impuesto, por el período 2016 a 2020, dejando de percibir la Intendencia anualmente la suma aproximada de $ 19.683,00;
        3o.) que la División Administración de Ingresos comparte lo informado precedentemente, por lo que corresponde el dictado de la resolución que otorgue la exoneración solicitada;
        CONSIDERANDO: que por Resolución No. 3250/15 de 9 de julio de 2015, el Intendente de Montevideo, delegó en el
        Director General del Departamento de Recursos Financieros la facultad de

        conceder exoneraciones tributarias a instituciones culturales y de enseñanza privada;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS FINANCIEROS EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1o.- Declarar exonerada a la "Fundación Rodney Arismendi" al amparo de lo previsto en el art. 69. de la Constitución de la República, del pago del 100% del impuesto de Contribución Inmobiliaria y sus adicionales que gravan al inmueble de su propiedad padrón No. 887 unidad 103, por los ejercicios 2016 a 2020 inclusive, por lo que esta Intendencia dejará de percibir anualmente la suma aproximada de $ 19.683,00 (pesos uruguayos diecinueve mil seiscientos ochenta y tres).-
        2o.- En caso de modificarse cualquiera de las condiciones que dan mérito a la exoneración que se otorga, es obligación del beneficiario, informar a la Intendencia de dichas modificaciones.-
        3o.- Pase al Servicio de Ingresos Inmobiliarios para su notificación y demás efectos.-

Ec. Juan Voelker, General del Departamento de Recursos Financieros.-