Resolución N° 458/00/8000
Nro de Expediente:
4610-001684-00
 
CULTURA
Fecha de Aprobación:
7/9/2000


Tema:
ARRENDAMIENTOS DE SALAS

Resumen:
Arrendar el Teatro de Verano "Ramón Collazo" a ABT Producciones, para la realización de un espectáculo el 24/IX/2000.-

Montevideo, 7 de Setiembre de 2000.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con la nota presentada por la firma ABT Producciones, en la que solicita el arrendamiento del Teatro de Verano "Ramón Collazo", para el día 24/IX/2000;
        RESULTANDO: 1o.) que motiva dicha solicitud, la realización de un espectáculo musical en el cual actuarán grupos musicales nacionales: "Abuela Coca" y " La otra Juana", estimándose el precio de la entrada en $ 140,oo;
        2o.) que el Servicio de Turismo y Eventos, manifiesta que el arrendamiento de que se trata, asciende a la suma de 100 UR, según lo establecido por Res. No. 4.991/98 de fecha 8/XII/98, Capítulo III, Art. 13o., Inciso II, literal a);
        3o.) que asimismo se informa que el peticionante abonó la suma de $ 1993,oo correspondiente al 10 % del precio total de arrendamiento, según fotocopia de recibo municipal No. 486834, que se adjunta a fs. 4 de estas actuaciones;
        CONSIDERANDO: 1o.) que por Resolución No. 2.471/00 de fecha 17/VII/00 el Intendente Municipal Montevideo delegó en el Director General del Departamento de Cultura, la facultad - entre otras - de arrendar el Teatro de Verano "Ramón Collazo" y fijar el precio y condiciones de arriendo y las garantías que deban constituirse, con comunicación inmediata al Sr. Intendente Municipal;

        2o.) que se entiende que procede proveer de conformidad;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE CULTURA
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1.- Arrendar el Teatro de Verano "Ramón Collazo", a la firma ABT Producciones, para el día 24/IX/2000, con motivo de la realización de un espectáculo musical que contará con la participación de bandas musicales nacionales.-
        2.- Fijar el precio del alquiler en 100 UR (cien unidades reajustables), según lo estipulado en la Resolución No. 4.991/98 de fecha 8/XII/98, Capítulo III, Art. 13o., Inciso II, literal a), para los espectáculos con fines comerciales donde participen artistas nacionales o de interés cultural y público.-
        3.- Establecer que se abonó la suma de $ 1.993,oo (pesos uruguayos mil novecientos noventa y tres) por concepto del 10 % (diez por ciento) del precio total de arrendamiento, según lo estipulado en el Reglamento General para el arrendamiento del Teatro de Verano "Ramón Collazo", aprobado por Resolución Nº 4.991/98 del 8/XII/98.-
        4.- Disponer que se deberá exigir la acreditación del pago o afianzamiento de los porcentajes impositivos, establecidos en la Ley No. 16.624 del 10/XI/94 y su Decreto Reglamentario de fecha 12/IX/96, a todo solicitante de autorización para la realización de espectáculos comprendidos en el Art. 7o. de la citada Ley.-
        5.- Disponer que se deberá dar cumplimiento a lo establecido en la reglamentación aprobada por la mencionada Resolución No. 4.991/98 de fecha 8/XII/98 referente a las condiciones de usufructo del referido Teatro.-

        6.- Comuníquese a la Secretaría General, al Departamento de Recursos Financieros, a la División Turismo y Recreación, al Servicio de Prensa y Comunicación, a la Unidad Festejos y Espectáculos y pase al Servicio de Turismo y Eventos para la notificación al peticionante.-

Gonzalo Carámbula, Director General del Departamento de Cultura.-