Resolución N° 2499/20
Nro de Expediente:
2020-2230-98-000867
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
06/07/2020


Tema:
EXONERACIONES

Resumen:
SE DECLARA EXONERADA A LA CASA DE CULTURA MORDEJAI ANILEVICH DEL PAGO DEL 100% DEL IMPUESTO DE CONTRIBUCIÓN INMOBILIARIA Y SUS ADICIONALES RESPECTO AL INMUEBLE DE SU PROPIEDAD PADRÓN NO. 29.843 A PARTIR DEL 01/01/2020, DEJANDO DE PERCIBIR ANUALMENTE LA INTENDENCIA LA SUMA APROXIMADA DE $ 51.897,00.

Montevideo, 06 de Julio de 2020.-
 

VISTO: la gestión de la Casa de la Cultura Mordejai Anilevich  por la que solicita exoneración de pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava al inmueble de su propiedad padrón No. 29.843;

RESULTANDO: 1o.) que el Servicio de Ingresos Inmobiliarios informa que la gestionante cumple con los requisitos exigidos por el art. 69 de la Constitución de la República, por lo que correspondería otorgar la exención del 100% del referido impuesto y sus adicionales respecto del inmueble padrón No. 29.843 a partir del 01/01/2020 e indica que la Intendnecia dejaría de percibir anualmente la suma aproximada de $ 51.897,00;

2o.) que la División Administración de Ingresos comparte lo informado por lo que corresponde el dictado de la resolución que exonere del 100% del impuesto de Contribución Inmobiliaria y sus adicionales a la Casa de Cultura Mordejai Anilevich, respecto del inmueble padrón 29.843, desde el 01/01/2020, al amparo del artículo 69° de la Constitución de la República y de la Resolución No. 2091/20;

CONSIDERANDO: que procede proveer de conformidad de acuerdo a lo establecido en el art. 69 de la Constitución de la República y en la  Resolución No. 2091/20 de 01/06/2020;

EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO

RESUELVE:

1o.- Declarar exonerada a la Casa de Cultura Mordejai Anilevich, al amparo de lo previsto en el art. 69 de la Constitución de la República, del pago del 100% del impuesto de Contribución Inmobiliaria y sus adicionales respecto al inmueble de su propiedad padrón No. 29.843  a partir del 01/01/2020, dejando de percibir anualmente la Intendencia la suma aproximada de $ 51.897,00 (pesos uruguayos cincuenta y un mil ochocientos noventa y siete).-

2o.- Será obligación de la beneficiaria la comunicación a esta Intendencia, Servicio de Ingresos Inmobiliarios, del cambio de titularidad, extinción o modificación de cualquiera de las circunstancias o requisitos que motivaron la exoneración dentro de los 60 días de producidos, bajo apercibimiento que comprobado por cualquier medio su extinción o modificación, se procederá al cobro del tributo retroactivamente al momento en que dejaron de cumplirse las condiciones, con la aplicación de las multas y recargos correspondientes.-

3o.- Pase al Servicio de Ingresos Inmobiliarios para su notificación y demás efectos.-

 

CHRISTIAN MARTÍN DI CANDIA CUÑA, INTENDENTE DE MONTEVIDEO.-

FERNANDO DANIEL NOPITSCH D'ANDREA, SECRETARIO GENERAL.-