Resolución N° 2200/22/2000
Nro de Expediente:
2016-4131-98-000680
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
1/8/2022


Tema:
MODIFICACIONES

Resumen:
Se modifica la Resolución No. 2797/21/2000 de 23/09/2021, estableciendo que el número de RUT de la empresa Publicartel S.A es: 210305410016, manteniéndose incambiados los restantes términos.

Montevideo, 1 de Agosto de 2022.-
 
        VISTO: que por Resolución Nº 2797/21/2000 de 23/09/2021 se aplicó a la empresa Publicartel S.A. multas por concepto de instalación de elementos publicitarios sin la debida autorización de: 55 UR por el elemento instalado en la Plazuela ubicada en Av. Luis Alberto de Herrera esquina Feliciano Rodríguez - las Places, de 35 UR por el elemento instalado en Dámaso Antonio Larrañaga esquina Gral. Urquiza y de 35 UR por el elemento instalado en Requena García esquina Sarmiento (Estadio Luis Franzini) - predio municipal en concesión;
        RESULTANDO: 1o.) que la Unidad de Contralor de la Publicidad, Señalética y Comunicación informa que en la mencionada resolución no se menciona el número RUT de la referida empresa, siendo el RUT 210305410016, por lo que sugiere modificar la misma;
        2o.) que la División Administración de Ingresos expresa que corresponde el dictado de resolución que modifique la Resolución No. 2797/21/2000 estableciendo que el número de RUT de la empresa Publicartel S.A es: 210305410016;
        CONSIDERANDO: 1o.) que se estima procedente el dictado de la resolución en tal sentido;
        2o.) las facultades

        delegadas por Resolución Nº 4242/20 de 1/12/2020;
        LA DIRECCIÓN GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS
        FINANCIEROS EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1o.- Modificar la Resolución No. 2797/21/2000 de 23/09/2021, estableciendo que el número de RUT de la empresa Publicartel S.A es: 210305410016, manteniéndose incambiados los restantes términos.-
        2o..- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio de Ingresos Comerciales y Vehiculares para la notificación a la empresa infractora, advirtiendo que dispone de un plazo de 30 (treinta) días corridos a partir de la notificación, para el pago de la sanción impuesta, bajo apercibimiento que en caso de incumplimiento se ejecutará el cobro mediante acción judicial.-

Ec. Mauricio Zunino, Director General del Departamento de Recursos Financieros.-