Resolución N° 26/08/6300
Nro de Expediente:
4450-000032-08
 
DESARROLLO AMBIENTAL
Fecha de Aprobación:
15/2/2008


Tema:
MULTAS

Resumen:
Se aplica una multa de 20 UR a la firma BERSUR S.R.L. por infringir el inc. 2 Art. 38o., Licitación No. 191095/1.

Montevideo, 15 de Febrero de 2008.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la Licitación Pública No. 191095/1, adjudicada a la firma BERSUR S.R.L., para la contratación del arrendamiento de hasta 1.745 (un mil setecientos cuarenta y cinco) operaciones de volquetas para residuos, hasta 600 (seiscientos) servicios de balizamiento electrónico de volquetas y hasta 90 (noventa) servicios de extinción de fuego de volquetas para la Intendencia Municipal de Montevideo;
        RESULTANDO: 1o) que la Unidad Contratos informa, que el día lunes 14 de enero del presente año, se constató la falta de recambio de la volqueta ubicada en la intersección de las calles Filipinas y Francisco Rodríguez, por lo que, se solicitó el cambio inmediato a la citada empresa;
        2o) que de acuerdo a lo establecido en el Inciso 2, Artículo 38 "Multas", del Pliego de Condiciones que rige la citada Licitación, se solicita la aplicación de una multa de 20 U.R., por incumplimiento a lo establecido en el citado Pliego;
        CONSIDERANDO: 1o) que la Unidad actuante culmina su informe indicando, que con fecha 18 de enero de 2008, se dio vista a la firma de referencia de las actuaciones No. 4450-000032-08, dando cumplimiento a lo establecido en el Art. R 84 del Volumen II del Digesto Municipal;
        2o) que la firma BERSUR S.R.L., presentó descargos con fecha 21 de enero de 2008, los que corren agregados a fs. 4 de estas actuaciones, no considerándose de recibo;
        3o) que la División Limpieza comparte lo actuado por la Unidad Contratos, solicitando la aplicación de la sanción punitiva correspondiente;
        4o.) que según Resolución No. 3222/05 de fecha 13 de julio de 2005, el Intendente Municipal de Montevideo, delegó en el Director General del Departamento de Desarrollo Ambiental, la facultad de aplicar multas hasta 55 U.R.;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE DESARROLLO AMBIENTAL
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1o.-Aplicar, al amparo del Artículo 38o.- Multas, Inciso 2o., del Pliego de Condiciones que rige la Licitación Pública No. 191095/1, una multa de VEINTE UNIDADES REAJUSTABLES (20 U.R.), a la firma BERSUR S.R.L., por las razones indicadas en la parte expositiva de la presente Resolución.
        2o.-Comuníquese a Contaduría General, a la División Limpieza, a la Oficina de Gestión Presupuestal del Departamento de Desarrollo Ambiental y pase a la Unidad Contratos, para la notificación a la empresa infractora y vencido el plazo de presentación de recursos, proceda a descontar el importe de la multa de la facturación mensual como lo prevé el Pliego General de Condiciones.

Lic. Geol. NESTOR CAMPAL, Director General del Departamento de Desarrollo Ambiental .-