Resolución N° 4124/15
Nro de Expediente:
4740-015702-15
 
ASESORIA JURIDICA
Fecha de Aprobación:
7/9/2015


Tema:
RECURSOS

Resumen:
No se hace lugar a la petición formulada por el Sr. Leonardo Martínez Zocchi contra la Resolución No. 424/15 de 21/2/15, dictada por el Servicio de Vigilancia.-

Montevideo, 7 de Setiembre de 2015.-
 
          VISTO: los recursos de revocación y jerárquico interpuestos por el Sr. Leonardo Martínez Zocchi contra la Resolución No. 424/15 de 21/2/15, dictada por el Servicio de Vigilancia, que dispuso no hacer lugar a la petición presentada con relación a la infracción de tránsito constatada el 26/8/14;
          RESULTANDO: 1o.) que el recurrente se agravia indicando que se le aplicó multa por no conducir con libreta y por no llevar licencia, cuando el inspector en ningún momento le solicitó le entregara los referidos documentos; expresa que tiene libreta vigente siendo las multas impuestas improcedentes e incongruentes;
          2o.) que la Unidad Asesoría expresa que desde el punto de vista formal los recursos se presentaron fuera de plazo por lo que el escrito será analizado como petición;
          3o.) que desde el punto de vista sustancial se indica que el recurrente reconoce haber estacionado en lugar prohibido pero manifiesta que nunca le fue requerida la exhibición de la licencia de conducir;
          4o.) que la boleta de multa (intervenido) incluye, además del estacionamiento en lugar prohibido, la falta de entrega de la documentación solicitada, por lo que resulta difícil presumir que el Sr. Martínez haya tenido conocimiento del estacionamiento prohibido sin enterarse de la constatación de las otras infracciones;
          5o.) que con relación a la contradicción aducida por el impugnante corresponde puntualizar que no se trata de dos multas por guiar un vehículo sin licencia de conducir, sino que una se aplicó por conducir sin licencia y la otra por no llevar la identificación del vehículo;
          6o.) que al surgir del expediente que el recurrente presentó ante la División Tránsito la licencia de conducir se debería sustituir la infracción de conducir sin licencia (Art. D.545 del Vol. V del Digesto Departamental) por la infracción de no llevar licencia de conducir (Art. D.678 del Vol. V del Digesto Departamental);
          7o.) que por los fundamentos expuestos la Unidad Asesoría solicita el dictado de resolución por la cual no se haga lugar a lo peticionado;
          CONSIDERANDO: que el 31/7/15 la División Asesoría Jurídica remite las actuaciones para su consideración;
          EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO
          RESUELVE:
          1. No hacer lugar a la petición formulada por el Sr. Leonardo Martínez Zocchi, C.I. 2.568.201-1 contra la Resolución No. 424/15 de 21/2/15, dictada por el Servicio de Vigilancia.-
          2. Disponer que la multa impuesta por conducir sin licencia se sustituya por omitir portar licencia.-
          3. Pase al Servicio de Vigilancia para notificar al interesado y demás efectos.-
ING. DANIEL MARTINEZ, Intendente de Montevideo.-
FERNANDO NOPITSCH, Secretario General.-