Resolución N° 1227/00/3000
Nro de Expediente:
3400-000319-00
 
DESCENTRALIZACION
Fecha de Aprobación:
24/8/2000


Tema:
MULTA ARRENDAMIENTO SIN PERMISO

Resumen:
Multa 10,9000 U.R. Manuel Castro Grela, Emilio Castelar No. 4711.-

Montevideo, 24 de Agosto de 2000.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones elevadas por el Servicio Central de Inspección General;
        RESULTANDO: 1o) que se comprobó que el inmueble sito en la calle Emilio Castelar No. 4711, propiedad del Sr. Manuel Castro Grela, C.I. 1.026.508-0, con domicilio a los efectos legales en la calle Alejandro Gallinal No. 1907, no cuenta con la correspondiente habilitación municipal;
        2o) que según surge de la información recabada, en el mes de noviembre de 1998 abonaba un alquiler mensual de $ 2.170,oo, por lo que el Servicio Central de Inspección General sugiere la aplicación de una multa de 10,9000 U.R. a la titular de obrados, de acuerdo con el valor de la U.R. del momento, por infracción al Art. 1o. del Decreto No. 21.182 y a la Resolución No. 192.318 del 31/X/83, que reglamenta el arrendamiento de apartamentos, locales y fincas de acuerdo con el Decreto No. 21.626 del 23/IV/84;
        3o) que la División Administraciones Locales se manifiesta de conformidad;
        CONSIDERANDO: 1o) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o) que por Resolución No. 581/95 del 20/II/95 el Sr. Intendente Municipal delegó en el Director General del Departamento de Descentralización la facultad de aplicar

        multas hasta 55 U.R.;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE DESCENTRALIZACION
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de 10,9000 U.R. (diez unidades reajustables con nueve mil diezmilésimas) al Sr. Manuel Castro Grela, C.I. 1.026.508-0, con domicilio a los efectos legales en la calle Alejandro Gallinal No. 1907, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Disponer que transcurrido el plazo de 30 (treinta) días, si la multa permaneciera impaga, el Servicio Central de Inspección General informará a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Cobro de Morosos a efectos de gestionar el cobro.-
        3.- Pase al Servicio Central de Inspección General para su notificación y demás efectos.-

PROF. ANA MARIA OLIVERA, Directora General (I) del Departamento de Descentralización.-