Resolución N° 1522/23/1000
Nro de Expediente:
2023-5220-98-000675
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
7/11/2023


Tema:
MULTAS

Resumen:
Se aplica una multa de UR 22 al Sr. Cardozo Silveira Martín Adrián, responsable de la obra ubicada en la calle Q. F. Andrés Martínez Trueba frente al Nº 1025, por constatación de falta de pasaje peatonal.-

Montevideo, 7 de Noviembre de 2023.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la obra ubicada en la calle Q. F. Andrés Martínez Trueba frente al Nº 1025, responsabilidad del Sr. Cardozo Silveira Martín Adrián, CI 4.510.137-6, RUT 218365320019, con domicilio declarado a estos efectos en la calle Galileo Nº 6116 (correo electrónico: martincardozo2923@hotmail.com);
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio de Convivencia Departamental informó que personal inspectivo constató la falta de pasaje peatonal en el lugar de referencia, labrándose Acta Nº 46097 de 15/03/23;
        2o.) que se procedió a otorgar vista de acuerdo a lo dispuesto en el artículo R.69 del Volumen II del Digesto Departamental a efectos de la formulación de descargos;
        3o.) que el estudio de los descargos presentados insumió un tiempo prolongado, estableciendo que no son de recibo;
        4o.) que en tal sentido el referido Servicio sugiere la aplicación de una multa de UR 22 de acuerdo a lo dispuesto en los artículo D.3215 al D.3233 del Volumen XV del Digesto Departamental ("Planeamiento de la Edificación") y conforme a lo preceptuado en el artículo 3, numeral 3, literal A, del Decreto Nº 21.626 (2 UR por metro lineal);
        5o.) que la Prosecretaría General remite las actuaciones para el dictado de la correspondiente resolución sancionatoria;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales de acuerdo a lo dispuesto por el Decreto Nº 34.134, de 12/4/12 y la Resolución Nº 2287/13 de 3/6/13;
        2o.) que por Resolución Nº 4242/20 de 01/12/2020 se delegó en la Secretaría General la facultad de aplicar multas de hasta un monto de UR 55;
        LA SECRETARIA GENERAL DE LA
        INTENDENCIA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de UR 22 (unidades reajustables veintidós) al Sr. Cardozo Silveira Martín Adrián, CI 4.510.137-6, RUT 218365320019, con domicilio declarado a estos efectos en la calle Galileo Nº 6116 (correo electrónico: martincardozo2923@hotmail.com), por los motivos indicados en la parte expositiva de la presente Resolución.-
        2.- Disponer que transcurrido el plazo de 30 (treinta) días, si la multa permaneciera impaga, el Servicio de Convivencia Departamental comunicará a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes a los efectos de gestionar el cobro.-
        3.- Comuníquese a la División Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación a sus efectos, al Servicio Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio de Convivencia Departamental para la notificación correspondiente y demás efectos.-

Ing. Agr. Olga Otegui, Secretaria General.-