Resolución N° 4751/01
Nro de Expediente:
3180-000967-01
 
DESCENTRALIZACION
Fecha de Aprobación:
11/12/2001


Tema:
CONVENIOS

Resumen:
Aprobar el proyecto de convenio a suscribirse entre esta Comuna y la Casa de la Mujer de la Unión en el marco de la política con relación a la salud de las mujeres, en el marco del Programa de Atención Integral a la Mujer (PAIM).-

Montevideo, 11 de Diciembre de 2001.-
 
        VISTO: que la Comisión de la Mujer gestiona la suscripción de un Convenio con la Casa de la Mujer de la Unión;
        RESULTANDO: 1o) que el mismo es a los efectos de continuar con el Programa de Atención Integral a la Mujer (PAIM), el cual brinda atención a las mujeres de la zona;
        2o) que la erogación resultante será atendida con cargo al Programa del año 2002;
        CONSIDERANDO: 1o) que la Dirección General del Departamento de Descentralización se expresa de conformidad;
        2o) que a los efectos de dotar de mayor agilidad al sistema asegurando su ejercicio eficiente, se entiende conveniente hacer uso del mecanismo previsto en el Art. 280o. de la Constitución de la República;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Aprobar el siguiente proyecto de Convenio con la Casa de la Mujer de la Unión: CONVENIO: En Montevideo, a los ................ días del mes de .................. del año ......, POR UNA PARTE: la Intendencia Municipal de Montevideo, en adelante la Intendencia, representada por ....................... con domicilio en la Avda. 18 de Julio No. 1360 y POR OTRA PARTE: la Casa de la Mujer de la Unión, en adelante la Institución, representada por .............................., con domicilio en la calle Pte. Ing. José Serrato No. 2613, convienen en celebrar lo siguiente: PRIMERO: ANTECEDENTES.- La Institución es una asociación sin fines de lucro, con personería jurídica.- Nace en 1987, respondiendo a la necesidad de crear un espacio propio para las mujeres, donde puedan recibir ayuda y orientación en cuanto a su problemática específica.- Sus objetivos son: a) crear un espacio de reflexión, capacitación y acción desde y para las mujeres, contribuyendo a la construcción de una nueva identidad "mujer" como sujeto de cambio social; b) brindar apoyo y asesoramiento en diferentes áreas, aportando las herramientas necesarias para que las mujeres sean protagonistas de sus vidas y c) participar activamente en los espacios colectivos, buscando generar propuestas que contribuyan a mejorar la calidad de vida de las mujeres y de las jóvenes.- SEGUNDO: OBJETO.- En el marco de la política de la Intendencia en relación a la salud de las mujeres se viene implementando desde 1996 el Programa de Atención Integral a la Mujer (PAIM), bajo la responsabilidad de la División Salud y Programas Sociales y de la Comisión de la Mujer.- El PAIM brinda atención a las mujeres a partir de tres subprogramas: a) atención integral a la mujer embarazada y puérpera; b) prevención del cáncer genito-mamario y c) maternidad informada y voluntaria.- A su vez, el PAIM promueve la participación comunitaria de las mujeres a través de la constitución de comisiones de apoyo, quienes asumen la difusión del programa en la zona, detectan las necesidades de las vecinas y administran los fondos de métodos anticonceptivos.- Estos fondos se formaron con una primera donación del Fondo de Población de Naciones Unidas y actualmente son las comisiones las encargadas de la reposición de los mismos.- Mediante este Convenio las comisiones de apoyo al PAIM se verán fortalecidas en su tarea de administración y control de los recursos comunitarios: fondos financieros y stock de métodos anticonceptivos.- TERCERO: OBLIGACIONES DE LA INSTITUCION.- La Institución se compromete a: a) mantener actualizado el sistema de cuentas contables para cada comisión y el control administrativo de los depósitos bancarios de cada una, realizados en la cuenta bancaria abierta en el Banco de la República para uso exclusivo de los fondos de las Comisiones de Apoyo al PAIM, bajo la responsabilidad de la Institución; b) poner en marcha un sistema para la compra conjunta de insumos de acuerdo con lo solicitado por las comisiones y c) realizar rendiciones mensuales a cada comisión y a la dirección municipal del PAIM.- CUARTO: OBLIGACIONES DE LA INTENDENCIA.- Por su parte, la Intendencia se obliga a transferir por concepto de donación modal la suma de $ 38.880,oo (pesos uruguayos treinta y ocho mil ochocientos ochenta) a la Institución como colaboración para cubrir los gastos de personal y de administración que implique la instrumentación del trabajo, de los cuales deberá rendir cuentas mensualmente ante la Unidad de Auditoría de la Intendencia, en forma y según los procedimientos que ésta determine.- La suma referida se transferirá en tres partidas iguales, la primera a la firma del Convenio, la segunda en el mes de mayo y la tercera en el mes de setiembre.- QUINTO: La Intendencia no tendrá injerencia alguna en las relaciones laborales que eventualmente se deriven de este Convenio, siendo de exclusiva responsabilidad de la Institución el cumplimiento de tales obligaciones de acuerdo con las leyes vigentes.- SEXTO: PLAZO.- El Convenio tendrá vigencia desde el 1/I hasta el 31/XII/2002 y podrá ser renovado de acuerdo con la evaluación de sus resultados, efectuada por las Comisiones de Apoyo al PAIM, la Comisión de la Mujer y la División Salud y Programas Sociales.- Para constancia y como prueba de conformidad se firman dos ejemplares del mismo tenor en el lugar y fecha arriba indicados.-
        2.- Delegar en el Director General del Departamento de Descentralización la facultad de suscribir el Convenio que por el numeral anterior se aprueba.-
        3.- Disponer que, al inicio del próximo ejercicio presupuestal, las presentes actuaciones se remitan a la Unidad de Gestión Presupuestal del Departamento de Descentralización para que realice la imputación correspondiente.-
        4.- Comuníquese al Departamento de Recursos Financieros; División Salud y Programas Sociales; Servicios de Relaciones Públicas; Escribanía; Unidad de Convenios y de Gestión Presupuestal del Departamento de Descentralización y pase por su orden a la Contaduría General y a la Comisión de la Mujer.-
ARQ. MARIANO ARANA, Intendente Municipal.-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General.-