Resolución N° 4533/99
Nro de Expediente:
4117-006580-98
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
1/12/1999


Tema:
MULTAS

Resumen:
Multa de 81,6255 U.R. a LYDEC S.A. por no regularizar en Juan Bautista Alberdi Nº 6173.-

Montevideo, 1 de Diciembre de 1999.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con las construcciones pendientes de regularización en el inmueble sito en la calle Juan Bautista Alberdi Nº 6173, propiedad de LYDEC S.A., RUC 21 320969 0016;
        RESULTANDO: que el Servicio de Contralor de Edificaciones informa que: a) corresponde aplicar una multa de 81,6255 U.R., según lo que establece el numeral 2, literal C, Art. 15 y los Arts. 21º y 22º del Decreto No. 21.626 promulgado el 23/IV/84 y b) si no da cumplimiento a los requisitos exigidos dentro de un plazo de 120 días calendario se aplicará una multa de 81,6255 U.R.;
        CONSIDERANDO: que en aplicación a lo preceptuado por Resolución Nº 477/87 del 22/I/87, ratificada por Resolución Nº 2.244/94 del 5/VII/94, por las multas mayores de 70 U.R., corresponde para su aplicación solicitar anuencia al Deliberativo Comunal;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1º.- Remitir a consideración de la Junta Departamental de Montevideo el siguiente:
        PROYECTO DE DECRETO:
        Artículo 1º.- Autorízace a la Intendencia Municipal de Montevideo para imponer una multa de 81,6255 U.R. (ochenta y una unidades reajustables con seis mil doscientas cincuenta y cinco diezmilésimas), a LYDEC S.A., RUC 21 320969 0016, propietaria del inmueble sito en la calle Juan Bautista Alberdi Nº 6173, con domicilio en el mismo, por infracción al numeral 2, literal C, Art. 15 y los Arts. 21º y 22º del Decreto No. 21.626 promulgado el 23/IV/84.-
        Artículo 2º.- Comuníquese.-
        2º.- Pase a la Secretaría General para su remisión sin más tramite a la Junta Departamental de Montevideo.-
ARQ. MARIANO ARANA, Intendente Municipal.-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General.-