VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la Licitación Pública Internacional Nº 268/2007 para la remodelación, acondicionamiento y concesión del Hotel Casino Carrasco;
RESULTANDO: 1º.) que por Resolución Nº 2421/09, de fecha 17 de junio de 2009, fue adjudicada a la firma Carrasco Nóbile S.A;
2º.) que la concesionaria Carrasco Nóbile S.A. presenta solicitud de transferencia del paquete accionario de CODERE México S.A. de C.V., a CODERE Uruguay S.A., filiales del Grupo Codere, ante la Comisión de Seguimiento de la Licitación Pública Internacional Nº 268/2007;
3º.) que con fecha 3 de mayo de 2024, la Comisión de Seguimiento, resuelve aconsejar al Sr. Intendente autorizar la transferencia del paquete accionario de Carrasco Nóbile S.A. de CODERE México S.A. de C.V. a CODERE Uruguay S.A., dado que corresponde exclusivamente a una reorganización empresarial del grupo;
4º.) que la Comisión Supervisora de Contrataciones no presenta observaciones a la solicitud de transferencia presentada;
CONSIDERANDO: 1º.) que la Dirección General del Departamento de Desarrollo Económico estima procedente el dictado de resolución en tal sentido;
2º.) lo dispuesto en el inciso Nº 8 del Artículo 4 del Pliego Particular de Condiciones de la Licitación Pública Nº 268/2007;
EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO
RESUELVE:
1º. Autorizar la transferencia del paquete accionario de Carrasco Nóbile S.A, adjudicataria de la Licitación Pública Nº 268/2007 de CODERE México S.A. de C.V. a CODERE Uruguay S.A.
2º. Comuníquese a los Departamentos de Secretaría General y Recursos Financieros, al Municipio E, y pase a la Comisión de Seguimiento de la Licitación Internacional Nº 268/2007 para su notificación.
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