Resolución N° 3616/01
Nro de Expediente:
6320-003103-01
 
DESARROLLO AMBIENTAL
Fecha de Aprobación:
27/9/2001


Tema:
CONVENIOS

Resumen:
Se aprueba el siguiente proyecto de Convenio, a suscribirse entre al Intendencia Municipal de Montevideo y el Patronato Nacional de Encarcelados y Liberados, para el mantenimiento de taludes de drenajes pluviales en la zona oeste de la ciudad de Montevideo

Montevideo, 27 de Setiembre de 2001.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el Convenio a suscribirse entre la Intendencia Municipal de Montevideo y el Patronato Nacional de Encarcelados y Liberados;
      RESULTANDO: 1o.) desde hace algún tiempo la Intendencia Municipal de Montevideo ha suscrito convenios con el mencionado Patronato, con el objeto de colaborar con la obra social que lleva a cabo, a través de la rehabilitación de reclusos y ex-reclusos mediante la obtención de fuentes de trabajo y formación, a condición de que al mismo tiempo se obtengan beneficios para la comunidad por medio de la aplicación de la mano de obra;
      2o.) que el Servicio de Operación y Mantenimiento de Saneamiento entiende de interés suscribir un nuevo convenio por el cual la mano de obra brindada por los jóvenes de la Institución será aplicada al mantenimiento de taludes de drenajes pluviales en la zona oeste de la ciudad de Montevideo;
      3o.) que se propone que la experiencia se realice por el término de 1 año y que de acuerdo con los resultados de la evaluación pueda ser renovada;
      CONSIDERANDO: 1o.) que el apoyo financiero solicitado a esta Intendencia aciende a la suma de $ 1:012.280,oo, habiéndose efectuado la solicitud SEFI No. 50422 por la suma de $ 349.295,oo, considerada suficiente para hacer frente a las transferencias en el presente ejercicio;
      2o.) que siendo el Patronato Nacional de Encarcelados y Liberados una Institución dependiente del Ministerio del Interior según Decreto de fecha 7 de marzo de 1934, reglamentado por el Decreto No. 417/85 de fecha 6 de agosto de 1985; el contrato de donación modal que se pretende realizar a través del presente convenio puede efectuarse al amparo del literal A del numeral 3 del Art. 33 del TOCAF;
      3o.) que la Prosecretaría General y el Director General del Departamento de Desarrollo Ambiental entienden conveniente apoyar el proyecto de referencia;
      INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
      RESUELVE:
        1o.-Aprobar el siguiente proyecto de Convenio, a suscribirse entre la Intendencia Municipal de Montevideo y el Patronato Nacional de Encarcelados y Liberados, para el mantenimiento de taludes de drenajes pluviales en la zona oeste de la ciudad de Montevideo, y por las razones indicadas en la parte expositiva de la presente Resolución: CONVENIO: En la ciudad de Montevideo, a los ** días del mes ** de 2001, comparecen POR UNA PARTE: .la Intendencia Municipal de Montevideo, en adelante denominada I.M.M., representada por **, constituyendo domicilio en la Av. 18 de Julio 1360 y POR OTRA PARTE: el Patronato Nacional de Encarcelados y Liberados, (en adelante el Patronato), representado por el Sr. ** en su calidad de Presidente, como surge de la certificación notarial que se acompaña, constituyendo domicilio en la calle 25 de Mayo No. 441, subsuelo, quienes acuerdan la celebración del siguiente Convenio: PRIMERO: ANTECEDENTES. En atención a la relevancia de las tareas de rehabilitación e integración social que el Patronato lleva a cabo al promover la inserción de personas que se encuentran encarceladas y que posteriormente recuperan su libertad mediante la dinámica del trabajo personal y comunitario, se suscribieron entre esta Institución y la I.M.M., varios convenios. SEGUNDO: OBJETO DEL CONVENIO. El objeto del Convenio es colaborar con la obra social que realiza el Patronato, a través de la organización de encarcelados y liberados, para obtener fuentes de trabajo y formación, a condición de que al mismo tiempo se obtengan beneficios para la comunidad, por medio de la aplicación de mano de obra a tareas de mantenimiento de algunos taludes de drenajes pluviales de la zona oeste del Departamento. TERCERO: PLAZO. El presente instrumento comenzará a regir a partir de su firma, por el término de un año y podrá ser renovado, evaluación mediante. En todos los casos y mas allá de las renovaciones de que fuera objeto, cada educando no podrá permanecer más de dos años en el proceso educativo del trabajo en relación con la I.M.M. CUARTO: APORTE DE LAS PARTES. 1o) El Patronato se compromete a: A) Incorporar a la experiencia laboral de referencia un grupo de 9 jóvenes preferentemente del sexo masculino, no mayores de 29 años, 6 de los cuales cumplirán tareas de peón y 3 suplentes, que seleccionará entre sus asistidos. Además un Tractorista y un Coordinador. Actuará también un Equipo Técnico de seguimiento. B) Aportar un vehículo para el transporte de personal y herramientas, un camión con volcadora para el transporte de los residuos que se generen hasta el punto que indique el Servicio de Disposición Final de Residuos, que en ningún caso podrá ser utilizado para el transporte de personal y un tractor con pastera para el corte de césped. Asimismo suministrará los uniformes y herramientas necesarias para el correcto cumplimiento de las tareas, además de todos los elementos de seguridad necesarios para el trabajo (cascos, arneses, botas de caña entera y media caña, etc.). C) Realizar las siguientes tareas según planos adjuntos: Mantenimiento de una extensión de 36 hectáreas de taludes y laterales de drenajes pluviales con corte con tractor pastera. Mantenimiento de 6 hectáreas de los mismos con corte con desmalezadora. Extracción manual de pastos y malezas del interior de canales de hormigón. Limpieza, regularización, desmantelamiento, corte de pasto y mantenimiento de ambas pendientes de los taludes, así como la extensión de 10 metros del área hacia ambos lados de las respectivas márgenes y el fondo de los mismos en la medida que el nivel de las aguas lo permita. Al inicio se harán los trabajos de desmalezado general y retiro de los residuos generados por dichos trabajos, así como los allí preexistentes, al lugar que indique el Servicio de Disposición Final de Residuos. Luego se realizará un mantenimiento mensual de las áreas de referencia que incluye: corte de pastos, retiro de residuos, extracción de pastos y malezas de dilataciones y grietas de los canales de hormigón y retiro en lo posible de elementos que obstaculicen el cauce del drenaje. Organización del trabajo: La cuadrilla: El Patronato deberá disponer de vestuarios adecuados y depósito de herramientas y maquinaria. La cuadrilla deberá registrar su asistencia en el Servicio Centro Comunal Zonal correspondiente a la zona donde se ubique el lugar de vestuarios. El Patronato deberá asegurar con el régimen de suplencias la presencia diaria de la cuadrilla completa. El Coordinador supervisará el trabajo indicando a los educandos que hacer y como hacerlo. El lugar de trabajo será indicado por la Unidad de Mantenimiento de Colectores y Cursos de Agua y podrá ser en cualquiera de los taludes de los drenajes pluviales del Departamento de Montevideo. Transportada la cuadrilla, iniciará la tarea y una vez finalizada la misma será transportada nuevamente al lugar de salida. El Coordinador supervisará y dispondrá el total de las tareas a desarrollar por la cuadrilla, la maquinaria y los vehículos y será el nexo con la Unidad de Mantenimiento de Colectores y Cursos de Agua. Informará diariamente a la Unidad de Mantenimiento de Colectores y Cursos de Agua respecto a las tareas realizadas en la jornada. El Equipo Técnico del Patronato designará a un responsable dentro del equipo, quien actuará como referente del Convenio ante la Unidad de Convenios y la Unidad de Mantenimiento de Colectores y Cursos de Agua. El horario será de lunes a viernes en turnos de 6 horas en horario de 7 a 13 horas. El lugar de trabajo será cualquiera de los drenajes pluviales del Departamento y en particular los indicados en los planos adjuntos. D) Presentar ante la Unidad mencionada la nómina del personal inicial (titulares y suplentes), y comunicar las posibles modificaciones de la misma que pudiera realizarse posteriormente con una antelación mínima de 24 horas. E) Sustituir a cualquiera de los trabajadores designados, previa consulta con el Equipo Técnico del Patronato, si así lo entendiera necesario el Profesional designado por la Unidad de Mantenimiento de Colectores y Cursos de Agua. F) Rendir cuentas ante la I.M.M, a efectos de acreditar que el destino de los fondos transferidos sea el pactado en el presente Convenio. G) Hacerse cargo del seguro por accidente de trabajo y de todos los trámites y aportes ante Organismos Públicos que se requieran. 2o) La I.M.M. se compromete a: A) Transferir al Patronato, a título de donación modal, la suma de $ 1:012.280,oo (pesos uruguayos un millón doce mil doscientos ochenta). B) Designar a través de la Dirección de la Unidad de Mantenimiento de Colectores y Cursos de Agua, un Profesional a efectos de realizar el control y seguimiento de las tareas de referencia, debiendo efectuar además las inidicaciones y directivas que crea convenientes. C) Supervisar a través de la Unidad de Convenios la tarea educativa. QUINTO: FORMA DE PAGO. La transferencia de fondos pactada en $ 1:012.280,oo (pesos uruguayos un millón doce mil doscientos ochenta) se hará efectiva de la siguiente forma: una primera cuota de $ 128.300,oo (pesos uruguayos ciento veintiocho mil trescientos), dentro de los 10 (diez) días de suscripto el presente y 12 (doce) cuotas iguales, mensuales y consecutivas de $ 73.665,oo (pesos uruguayos setenta y tres mil seiscientos sesenta y cinco). La entrega inicial y el monto de las cuotas fue reajustado por la Unidad de Convenios homologándolo a los montos de los restantes convenios, las que requerirán la conformidad previa, sobre las tareas cumplidas, por la Unidad de Mantenimiento de Colectores y Cursos de Agua y la Unidad de Convenios. Se aplicará un reajuste semestral de acuerdo al IPC. SEXTO: INCUMPLIMIENTO. El incumplimiento de lo acordado y sin perjuicio de habilitar a la I.M.M. a rescindir el presente Convenio, será notificado al Patronato a través de la Unidad de Convenios y la Unidad de Mantenimiento de Colectores y Cursos de Agua, a efectos de que en un plazo de 72 horas se puedan subsanar los inconvenientes que se presentaren. SEPTIMO: AUDITORIAS A I.M.M. Se reserva el derecho a efectuar auditorías que permitan verificar que el destino de los fondos transferidos, se ajusten a lo pactado. OCTAVO: Las obligaciones que el personal asistido por el Patronato, genere con otros Organismos Públicos o Privados, serán entera responsabilidad de quien corresponda o con quien se relacione, no teniendo la I.M.M. ni el Patronato otras obligaciones que las estipuladas en el presente Convenio. NOVENO: EVALUACIONES Y SEGUIMIENTOS. Se integrará un Grupo de Trabajo formado por el Profesional designado por la Unidad de Mantenimiento de Colectores y Cursos de Agua, el representante del Equipo Técnico del Patronato, el Coordinador y los funcionarios que entienda conveniente asignar la Unidad de Convenios, a efectos de realizar una evaluación trimestral de las tareas realizadas y del cumplimiento de los objetivos estipulados. El Patronato deberá presentar a través de su Equipo Técnico ante la Unidad de Convenios, evaluaciones mensuales de la tarea educativa. Ambas partes se comprometen a que una vez finalizado el plazo del presente Convenio, se someterá a rigurosa evaluación de la experiencia, a efectos de ponderarla en caso de futuros acuerdos de similares características. De conformidad se firman dos ejemplares del mismo tenor en lugar y fecha indicados en la comparecencia. DECIMO: EDUCACION AMBIENTAL. Ambas Instituciones se comprometen además, a generar y promover espacios de información y sensibilización entre los vecinos del área correspondiente a los drenajes pluviales a efectos de favorecer prácticas adecuadas para mantener los mismos en buen estado de conservación, previniendo sobre formas de comportamiento que puedan afectarlas.
        2o.-Diponer que una vez agotado el rubro, vuelvan las actuaciones a la Unidad de Gestión Presupuestal del Departamento de Desarrollo Ambiental, para la

        imputación complementaria.
        3o.-Delegar en el Director General del Departamento de Desarrollo Ambiental, la firma del presente Convenio.
        4o.-Comuníquese a la Secretaría General, a los Departamentos de Descentralización y Recursos Financieros, a las Divisiones Saneamiento, Salud y Programas Sociales, a los Servicios de Relaciones Públicas, Prensa y Comunicación y Operación y Mantenimiento de Saneamiento, a las Unidades de Convenios y de Gestión Presupuestal del Departamento de Desarrollo Ambiental; cumplido y previa intervención del Servicio de Contabilidad General, pase al Departamento de Desarrollo Ambiental para la formalización del Convenio.
ARQ. MARIANO ARANA, Intendente Municipal.-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General.-