Resolución N° 2943/19
Nro de Expediente:
2018-1155-98-000159
 
DESARROLLO URBANO
Fecha de Aprobación:
17/6/2019


Tema:
MULTAS

Resumen:
Proyecto de Decreto a la Junta Departamental para aplicar una multa de 72 U.R. a CIEMSA por falta total de señales indicadoras de peligro en acera en una superficie de 24 m2 en una intervención en la intersección de la calle La Paz y la Avda. Libertador Gral. Brig. Lavalleja.-

Montevideo, 17 de Junio de 2019.-
 
        VISTO: la infracción cometida por CIEMSA, RUT 211057180014, en una intervención en la intersección de la calle La Paz y la Avda. Libertador Gral. Brig. Lavalleja;
        RESULTANDO: que la Unidad de Control y Coordinación de Redes de Infraestructura Urbana informa que: a) con fecha 18/VI/18 se infringió lo dispuesto en el Art. D.2229.3 del Título III "De las Remociones en la Vía Pública", del Volumen VII "De las Obras" del Digesto, por falta total de señales indicadoras de peligro en acera en una superficie de 24 m2, de lo cual fue notificada no siendo de recibo los descargos presentados y b) de acuerdo con lo establecido en el Art. D.2241.4 del citado cuerpo normativo, correspondería aplicar una multa de 72 U.R.;
        CONSIDERANDO: que en aplicación de lo preceptuado por el Art. 19º, numeral 30 de la Ley 9.515 de 28/X/35 por multas comprendidas entre más de 70 U.R. y 350 U.R. corresponde solicitar anuencia al Deliberativo Departamental;
        EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1º.- Remitir a consideración de la Junta Departamental de Montevideo el siguiente:
        PROYECTO DE DECRETO
        Artículo 1º.- Autorízase a la Intendencia de Montevideo para imponer una multa de 72 U.R. (setenta y dos unidades reajustables) a CIEMSA, RUT 211057180014, con domicilio en la calle Soriano Nº 1180, por infracción a lo dispuesto por el Art. D.2229.3 del Título III "De las Remociones en la Vía Pública", del Volumen VII "De las Obras" del Digesto, por falta total de señales indicadoras de peligro en acera en una superficie de 24 m2, en una intervención en la intersección de la calle La Paz y la Avda. Libertador Gral. Brig. Lavalleja.-
        Artículo 2º.- Comuníquese.-
        2º.- Comuníquese a la Unidad de Control y Coordinación de Redes de Infraestructura Urbana y pase a la Secretaría General para su remisión sin más trámite a la Junta Departamental de Montevideo.-
CHRISTIAN DI CANDIA, Intendente de Montevideo.-
FERNANDO NOPITSCH, Secretario General.-