Resolución N° 429/07
Nro de Expediente:
3020-000225-05
 
DESCENTRALIZACION
Fecha de Aprobación:
30/1/2007


Tema:
PRORROGA CONVENIO

Resumen:
Convalidar lo actuado y renovar conforme a lo dispuesto en su Cláusula OCTAVA, por el término de 12 (doce) meses, a partir de la fecha de su vencimiento, el Convenio suscrito el 28/X/05 con el Instituto de Promoción Económico Social del Uruguay (IPRU), cuyo texto fuera aprobado por Resolución No. 4236/05, de fecha 19/IX/05 y su modificativa No. 4648/05 de fecha 17/X/05, como asimismo modificar la Cláusula CUARTA del citado Convenio en lo que refiere al aporte de la Intendencia.-

Montevideo, 30 de Enero de 2007.-
 
        VISTO: estas actuaciones relacionadas con el Convenio suscrito el 28/X/05, con el Instituto de Promoción Económico Social del Uruguay (IPRU), que fuera aprobado por Resolución No. 4236/05, de fecha 19/IX/05 y su modificativa No. 4648/05, de fecha 17/X/05;
        RESULTANDO: 1o.) que el objetivo del mencionado Convenio es contribuir con la Institución al desarrollo del programa pedagógico, con el fin de potenciar competencias y habilidades de los jóvenes y capacitarlos en tareas concretas y efectivizar el cumplimiento de las diversas tareas programadas, tratándose en este caso del mantenimiento de áreas verdes y otras polifuncionales comprendidas en el área del Servicio Centro Comunal Zonal No. 17;
        2o.) que por la Cláusula OCTAVA "Plazo" de dicho instrumento, se estipuló que el mismo tendría una vigencia de 12 (doce) meses, a partir de su suscripción, pudiendo ser renovado evaluación mediante, por un plazo equivalente;
        3o.) que con fecha 26/IX/06, la División Región Oeste promueve la prórroga del aludido Convenio, por el término de 1 (un) año;
        4o.) que con fecha 23/XI/06, la Unidad de Convenios avala lo solicitado por la División gestionante y propicia la renovación del citado Convenio, por igual período, adjuntando detalle, en extenso informe luciente a fs. 158, fs. 159 y fs. 160 de obrados, de las diferencias generadas con el Convenio anterior y el Presupuesto 2006-2007 de renovación, como asimismo a fs. 173, solicita la modificación de su Cláusula CUARTA en lo que refiere al aporte de la Intendencia, manteniendo en un todo sus restantes términos;
        5o.) que la erogación resultante será atendida con cargo a las Solicitudes SEFI Nos. 95586 y 96723;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la Dirección General del Departamento de Descentralización se manifiesta de conformidad;
        2o.) que a los efectos de dotar de mayor agilidad al sistema asegurando su ejercicio eficiente, se entiende conveniente hacer uso del mecanismo previsto en el Art. 280o. de la Constitución de la República;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Convalidar lo actuado y renovar conforme a lo dispuesto en su Cláusula OCTAVA, por el término de 12 (doce) meses, a partir de la fecha de su vencimiento, el Convenio suscrito el 28/X/05 con el Instituto de Promoción Económico Social del Uruguay (IPRU), cuyo texto fuera aprobado por Resolución No. 4236/05, de fecha 19/IX/05 y su modificativa No. 4648/05 de fecha 17/X/05, a los efectos de contribuir con la Institución al desarrollo del programa pedagógico, con el fin de potenciar competencias y habilidades de los jóvenes y capacitarlos en tareas concretas y efectivizar el cumplimiento de las diversas tareas programadas, tratándose -en este caso- del mantenimiento de áreas verdes y otras polifuncionales comprendidas en el área del Servicio Centro Comunal Zonal No. 17.-
        2.- Modificar la Cláusula CUARTA del citado Convenio en lo que refiere al aporte de la Intendencia la que quedará redactada de la siguiente manera: "CUARTO: APORTE DE LA INTENDENCIA: La Intendencia transferirá a la Institución, por concepto de donación modal la suma total de $ 1:339.514,oo (pesos uruguayos un millón trescientos treinta y nueve mil quinientos catorce) que se pagará de la siguiente manera: a) una partida inicial de $ 21.854,oo (pesos uruguayos veintiún mil ochocientos cincuenta y cuatro) para la compra de vestimenta para los educandos, dentro de los diez días de la firma de renovación del Convenio, b) 12 (doce) cuotas mensuales, iguales y consecutivas de $ 109.805,oo (pesos uruguayos ciento nueve mil ochocientos cinco) que comenzarán a hacerse efectivas a partir de la referida firma, de acuerdo a los meses trabajados. Dicha suma total incluye montos destinados al proyecto educativo, salarios de los educandos, salarios de los coordinadores, beneficios, locomoción, administración y Banco de Seguros y c) se prevé además de la suma estipulada, a los efectos de su imputación y eventual transferencia un porcentaje equivalente al 10% para la atención de imprevistos. Para hacer uso del mismo, la Institución deberá presentar ante la Unidad de Convenios una solicitud formal en la que deberá acreditar fehacientemente la pertinencia y necesidad del pago de la suma destinada a Imprevistos. En tal caso, la Unidad de Convenios evaluará y hará el informe respectivo a los efectos de habilitar su pago.-", manteniendo en un todo sus restantes términos.-
        3.- Delegar en la Dirección General del Departamento de Descentralización la facultad de suscribir la renovación y la modificación del citado convenio que por los numerales anteriores se aprueba.-
        4.- Atender la erogación derivada de la renovación dispuesta, de acuerdo con las Solicitudes SEFI Nos. 95586 y 96723.-
        5.- Comuníquese al Departamento de Recursos Financieros; Divisiones Comunicación y Región Oeste; Servicios de Escribanía y Unidad Central de Presupuesto; Unidad Central de Auditoría Interna; a la Oficina de Gestión Presupuestal del Departamento de Descentralización y pase



        -por su orden- a la Contaduría General y a la Unidad de Convenios a sus efectos.-
RICARDO EHRLICH, Intendente Municipal .-
DR. JORGE RODRIGUEZ, Secretario General (I).-