Resolución N° 5092/16 | Nro de Expediente:
2016-7315-98-000084 |
DESARROLLO ECONOMICO E INTEGRACION REGIONAL | Fecha de Aprobación:
7/11/2016 |
Tema:
PERMISOS ESCAPARATES
Resumen:
Autorizar la transferencia del permiso de explotación del escaparate ubicado en Bulevar Artigas esquina Palmar, a favor de la Sra. Agustina Caraballo Miro C.I. 4.711.516-7
Montevideo, 7 de Noviembre de 2016.- |
VISTO: la gestión presentada por el Sindicato de Vendedores de Diarios y Revistas relacionada con el permiso de explotación de un escaparate ubicado en Bulevar Artigas esquina Palmar;
RESULTANDO: 1o) que por la misma solicita se autorice la transferencia del referido permiso a favor de la Sra. Agustina Caraballo Miro C.I. 4.711.516-7 ;
2o.) que la Unidad Gestión Comercial informa las condiciones que regirán dicha transferencia;
CONSIDERANDO: 1o.) que en mérito a ello la División Promoción Económica expresa que podría accederse a lo solicitado;
2o.) que la Dirección General del Departamento de Desarrollo Económico e Integración Regional eleva actuaciones para el dictado de resolución en el sentido indicado;
EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO
RESUELVE:
1.-Autorizar la transferencia del permiso de explotación del escaparate ubicado en Bulevar Artigas esquina Palmar, a favor de la Sra. Agustina Caraballo Miro C.I. 4.711.516-7, con domicilio en Cerro Largo 1163 apto. 507, en un todo de acuerdo a las condiciones establecidas en los Art. R.1184 al Art. 1197.1 del Capítulo I "De los quioscos" del Título III "De las actividades en espacios públicos o de acceso al público" del Volumen X del Digesto:
A) Los derechos mensuales a abonar $ 507,95 (pesos uruguayos quinientos siete con 95/100), Zona 3 Categoría B;
B) De acuerdo a la normativa vigente los rubros permitidos para la venta abarcan: diarios, semanarios, revistas, fascículos, publicaciones, guías turísticas;
C) Deberá renovar el carné de salud cada vez que corresponda;
D) Será responsabilidad del permisario la inscripción en todo organismo público que corresponda;
E) El permiso otorgado es de carácter precario y revocable y no podrá ser transferido total ni parcialmente, sin la autorización previa y escrita de la Intendencia de Montevideo, la que se reserva el derecho de aceptar o rechazar el traspaso.
2.- Comuníquese a la División Promoción Económica; al Servicio Central de Inspección General y pase a la Unidad Gestión Comercial para su notificación.
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ING. DANIEL MARTINEZ, Intendente de Montevideo.- |
FERNANDO NOPITSCH, Secretario General.- |
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