| Resolución N° 2010/14 | Nro de Expediente:
5112-000214-14 |
| GESTION HUMANA Y RECURSOS MATERIALES | Fecha de Aprobación:
19/5/2014 |
Tema:
LLAMADOS
Resumen:
Se aprueban las bases del presente Concurso Abierto de oposición y méritos N° 916 – PU/14 para confeccionar una lista de prelación para cubrir futuros cargos de ingreso a la Carrera LICENCIADO/A EN BIBLIOTECOLOGÍA, con destino a varias dependencias de la Intendencia.
Montevideo, 19 de Mayo de 2014.- |
SORTEO
Si el número de inscriptos/as al presente llamado a concurso supera los/as 200 (doscientos) aspirantes, se realizará una preselección de los/as mismos/as mediante sorteo.
REALIZACIÓN DEL SORTEO Y PUBLICACIÓN DEL RESULTADO
El sorteo se realizará ante Escribano Público, en fecha y horario a determinar, siendo informado a los/as concursantes por intermedio de la página Web de la I. de M.
El resultado será publicado por el mismo medio, a partir de los 2 (dos) días hábiles posteriores a su realización.
DOCUMENTACION A PRESENTAR EN EL ACTO DE INSCRIPCION.
Los/as aspirantes deberán concurrir dentro del plazo previsto, con la documentación que a continuación se detalla, según corresponda y de acuerdo con los requisitos obligatorios:
- Título habilitante (original y fotocopia)
- Cédula de Identidad y fotocopia (original y fotocopia)
- Credencial Cívica (original y fotocopia)
- Una foto tipo carné.
- Constancia de inscripción en el registro de la Comisión Nacional Honoraria para la Discapacidad. Esta inscripción debe haber sido expedida por la CNHD en un plazo no mayor a los últimos 6 (seis) meses.
- Formulario de Perfil Laboral - Secretaría de Gestión Social para la Discapacidad. Este formulario se encuentra a disposición en la página web de la I.M junto con las presentes bases o en la Secretaría de Gestión Social para la Discapacidad piso 2 puerta 2070.
No se aceptarán inscripciones sin la presentación de los documentos antes citados. |
El/la postulante deberá obligatoriamente proporcionar domicilio constituido en el
Departamento de Montevideo, Número de teléfono (fijo y/o celular) y correo electrónico.
CONCURSO DE OPOSICIÓN Y MÉRITOS
El concurso de oposición y méritos se realizará en base a los siguientes componentes, con la puntuación máxima que se establece:
Pruebas | Méritos | Total |
50 | 50 | 100 |
a) PRUEBAS
El puntaje máximo es de 100 (cien) puntos que ponderará como el 50 % (cincuenta por ciento) del puntaje total.
El Tribunal determinará oportunamente el tipo de pruebas a realizar (las que incluirán un simulacro de las tareas que se deberán desempeñar en el cargo) así como los puntajes máximos para cada una de ellas.
Cada una de las pruebas posee carácter eliminatorio. El puntaje mínimo de aprobación de cada prueba es el 65 % (sesenta y cinco por ciento) del total de puntos previsto para este componente del concurso.
QUIEN NO SE PRESENTE A ALGUNAS DE LAS PRUEBAS QUEDARÁ AUTOMÁTICAMENTE ELIMINADOS DEL CONCURSO. |
b) MÉRITOS
El puntaje máximo es de 100 (cien) puntos que ponderará como el 50 % (cincuenta por ciento) del puntaje total.
Se puntuarán exclusivamente los méritos documentados que tengan relación con el cargo que se concursa.
PRESENTACIÓN DE CARPETA DE MÉRITOS:
La Unidad de Selección y Carrera Funcional, fijará y comunicará oportunamente a través de la página web, el cronograma para la presentación de la carpeta de méritos.
La misma deberá contener:
· 1 foto tipo carné
· Currículum Vitae: con datos personales y detalle de estudios, experiencia laboral y otros méritos, con los anexos que corresponda.
· Copia de la documentación que acreditan los méritos declarados. La experiencia laboral se debe especificar con el tipo de tareas realizadas, el grado de participación, fecha, duración de los trabajos y actividades declaradas.
Se deberá exhibir el original de títulos, diplomas, certificados y constancias, de los que se incluyó copia en la Carpeta de Méritos. Las mencionadas copias deberán estar numeradas, debidamente enlazadas y serán verificadas y selladas en dicho acto.
| Todo mérito declarado que no esté debidamente certificado, no podrá ser puntuado por el Tribunal actuante. |
FACTORES Y PONDERACIÓN DE LOS MÉRITOS
Serán factores computables para el capítulo de méritos, los que a continuación se establece, con las respectivas ponderaciones máximas calculadas sobre la base de 100 (cien) puntos.
Se puntuarán exclusivamente los méritos debidamente documentados, que tengan relación con el cargo que se concursa.
Factores | Puntaje máximo |
| 1 – FORMACIÓN (relativa al cargo que se concursa) |  |
| 1.1 -Educación formal | 16 |
| 1.2-Postgrados, Especializaciones, Cursos de Capacitación. Asistencia a Congresos, Seminarios y Talleres. Cursos relativos a la función pública, impartidos por la I. de M. u otros Organismos públicos (incluye escolaridad) | 26 |
| 1.3.-Becas y Misiones de Estudio | 3 |
SUB-TOTAL FORMACIÓN | 45 |
| 2 – EXPERIENCIA |  |
| 2.1-Actividad en la Adm. Pública (incluye Intendencia de Montevideo o Privada, forma de acceso y trabajos realizados. | 23 |
| 2.2-Pasantías, Zafrales y Convenios | 5 |
| 2.3-Actividad docente | 5 |
| 2.4-Actuación en proyectos, consultorías o comisiones técnicas. | 5 |
| 2.5-Calificación General (para el caso de ser funcionario/a de la Intendencia de Montevideo.) (*) | 12 |
SUB-TOTAL EXPERIENCIA | 50 |
| 3 – PUBLICACIONES, PONENCIAS Y TRABAJOS PRESENTADOS | 5 |
TOTAL | 100 |
(*) En caso de presentarse funcionarios/as de la Intendencia de Montevideo, el puntaje correspondiente a Calificación General a adjudicar, será la ponderación correspondiente, de forma tal que quien tenga Calificación 100 (cien) se le adjudican 12 (doce) puntos y al resto se distribuye proporcionalmente, considerando como mínimo los 50 (cincuenta) puntos habilitantes.
EL PUNTAJE MÍNIMO DE APROBACIÓN DEL LLAMADO ES DE 55 (cincuenta y cinco) PUNTOS (sobre la base de 100 puntos).
RESULTADO FINAL DEL CONCURSO
El Tribunal elaborará una Lista de Prelación, ordenada de mayor a menor, con el puntaje total (Pruebas + Méritos) obtenido por los/as concursantes que hayan alcanzado o superado los puntajes mínimos establecidos en estas Bases.
De originarse un empate entre 2 (dos) o mas postulantes, se procederá a ordenar dichas posiciones de mayor a menor de acuerdo al puntaje obtenido en la instancia pruebas.
De registrarse también un empate en la instancia mencionada, el Tribunal tomará en
cuenta el mayor puntaje del ítem formación entre los postulantes implicados, con el
único cometido de desempatar y otorgar las posiciones que correspondan en la lista
de prelación.
Dicha lista será publicada en la página web de la I.M.:
http://www.montevideo.gub.uy/ciudadania/concursos/oferta-laboral
La lista de prelación tendrá una vigencia de 2 (dos) años a partir de la Resolución Final del Concurso, siendo de absoluta responsabilidad de los/as postulantes comunicar cualquier cambio en sus datos personales (teléfono fijo, celular, domicilio y correo electrónico),ante la eventualidad de una posible convocatoria.
Una vez que el Tribunal establezca la lista de Prelación, los convocados a cubrir
vacantes, deberán superar la instancia de evaluación Médica y Psicolaboral, de acuerdo a lo previsto en el Art. D.33 del Digesto.
Las mismas tendrán carácter eliminatorio, y se realizarán a los convocados frente a
cada necesidad de la Administración respetando rigurosamente la ubicación en la
Lista de Prelación establecida por el Tribunal. En el caso de resultar algún convocado
eliminado se llamará a evaluación a igual número de la lista de prelación.
Prueba Psicolaboral
Se realizará en base al siguiente perfil:
· Apego a las Normas ético laborales
· Buena capacidad de comunicación
· Buena capacidad para trabajar en equipo
· Capacidad de organización, planificación y análisis
· Capacidad para trabajar con método y orden
· Proactividad
· Responsabilidad
· Vocación de servicio
· Evaluación Médica
Será realizado en el Servicio de Salud y Seguridad Ocupacional.
En el momento de ser citados deberán presentar:
· cédula de identidad vigente
· carné de salud vigente expedido por el MSP o instituciones habilitadas.
El Servicio de Salud y Seguridad Ocupacional realizará las valoraciones clínicas que
considere pertinentes así como la solicitud de estudios especiales si lo considerase
necesario.
DISPOSICIONES GENERALES
No podrán ingresar a los cuadros funcionales de la I.M. los/as ciudadanos/as que sean
titulares de otros cargos remunerados en esta Administración u otros organismospúblicos, o perciban pasividades cuya acumulación no está permitida por las leyes
vigentes.
Las designaciones que se produzcan regirán a partir de la notificación y aceptación
respectiva.
La aceptación conlleva el deber por parte del/de la funcionario/a de desempeñar el cargo al cual accede, en el destino que le asigne la Administración.
Quienes resulten seleccionados/as , tendrán un plazo máximo de 5 (cinco) días hábiles, a partir de la fecha de notificación de la resolución que establezca su nombramiento como titular del cargo, para presentarse en el Servicio Administración de Gestión Humana y manifestar su voluntad de aceptar dicho nombramiento (Art. R.160.1.3 Vol. III Digesto). Si los/as ciudadanos/as no se presentan en el plazo estipulado, ó no presentan la debida justificación, se les considerará como renuncia tácita.
Al momento de la toma de posesión del cargo se deberá presentar ante el Servicio de Administración de Gestión Humana, Certificado de Antecedentes Judiciales expedido por la Dirección Nacional de Policía Técnica del Ministerio del Interior (Guadalupe 1513) y Jura de la Bandera en caso de corresponder.
La contratación inicial será por un período de prueba de 6 (seis) meses, durante el cual no percibirán partidas adicionales. La Administración podrá rescindir el contrato en caso de evaluación no satisfactoria.
Toda la información proporcionada por los postulantes reviste carácter de Declaración Jurada impuesta del Art. 239 del Código Penal.
Art. 239: “ El que con motivo o formalización de un documento público ante un
funcionario público, prestare una declaración falsa sobre identidad o estado o
cualquier otra circunstancia de hecho, será castigado con tres a veinticuatro meses de prisión.”
INTEGRACIÓN DEL TRIBUNAL
El Tribunal será designado oportunamente por el Departamento de Gestión Humana y Recursos Materiales, el cual estará integrado por tres titulares, un veedor por A.D.E.O.M, un veedor por la Comisión Nacional Honoraria para la Discapacidad y sus respectivos suplentes.-
4º.- Delegar en la Dirección General del Departamento de Gestión Humana y Recursos Materiales, la aprobación por Resolución interna de modificaciones a éstas Bases.-
5°.- Encomendar a la Unidad de Selección y Carrera Funcional la determinación de las fechas de publicación de bases, inscripción al concurso, así como de presentación de la Carpeta de Méritos.-
6°.- Comuníquese a todos los Municipios, a todos los Departamentos, a la División Administración de Personal, al Centro de Formación y Estudios, a los Servicios de Planeamiento y Desarrollo de Gestión Humana y de Administración de Gestión Humana, y pase a la Unidad de Selección y Carrera Funcional a sus efectos.-
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| ANA OLIVERA, Intendenta de Montevideo.- |
| RICARDO PRATO, Secretario General.- |
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