Resolución N° 1949/99/3000
Nro de Expediente:
3200-12653-99
 
DESCENTRALIZACION
Fecha de Aprobación:
24/12/1999


Tema:
CONFIRMACION DE MULTAS

Resumen:
Confirmar multa al Sr. Enrique Mansilla, sito en la calle Legrand No. 5070-.

Montevideo, 24 de Diciembre de 1999.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones elevadas por el Servicio Central de Inspección General, relacionadas con la infracción a las normas del Decreto No. 23.372/14.001, por parte del Sr. Enrique Mansilla, C.I. 268.422-2, con domicilio a los a los efectos legales en la calle Legrand No. 5070;
        RESULTANDO: 1o) que con fecha 9/XI/98 se aplicó una multa al titular de obrados , mediante boleta No. 52038;
        2o.) que actualizándose información, se comprobó el incumplimiento del pago intimado dentro de los plazos establecidos, infringiéndose lo dispuesto en la normativa Municipal vigente;
        3o) que por la infracción constatada y de acuerdo al Decreto No. 21.626 de fecha 23 de abril de 1984, el Servicio Central de Inspección General sugiere la confirmación de la multa de U.R. 10,66 al titular de obrados;
        3o) que la División Administraciones Locales se muestra de conformidad;
        CONSIDERANDO: 1o) que la normativa vigente fija en unidades Reajustables los montos de las multas que se apliquen por transgredir las ordenanzas departamentales, hasta el máximo legal vigente;
        2o) que por Resolución No. 581/95 del 20/II/95 el Sr. Intendente Municipal delegó en el Director General del Departamento de Descentralización la facultad de aplicar multas

        hasta un monto de 55 U.R.;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE DESCENTRALIZACION
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1.- Confirmar la aplicación de una de U.R. 10,66 ( Unidades Reajustables diez con sesenta y seis diezmilésimas), según boleta No. 52038, de fecha 9 de noviembre de 1998, al Sr. Enrique Mansilla , C.I. 268.422-2, con domicilio a los efectos legales en la calle Legrand No. 5070 , por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente Resolución.-
        2.- Disponer que transcurrido el plazo de 30 (treinta) días, si la multa permaneciera impaga, el Servicio Central de Inspección General informará a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Cobro de Morosos a los efectos de gestionar el cobro.-
        3.- Pase al Servicio Central de Inspección General para su notificación y demás efectos.-

SR. ALBERTO ROSSELLI , Director General del Departamento de Descentralización.-