Resolución N° 357/17/1200
Nro de Expediente:
2017-5227-98-000810
 
PROSECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
23/11/2017


Tema:
MULTAS

Resumen:
Se aplica una multa de UR 15 (Unidades Reajustables quince) a la Sra. María Dolores Vale, CI 1.003.495-6, RUT 21 1913780012, responsable del local destinado a Pensión ubicado en Juncal 1481/83.-

Montevideo, 23 de Noviembre de 2017.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el local destinado a Pensión ubicado en Juncal 1481/83, responsabilidad de María Dolores Vale, CI 1.003.495-6, RUT 21 1913780012;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio Central de Inspección General informa que por Acta A No. 8709 de 15/9/17 se intimó a presentar habilitación de la Dirección Nacional de Bomberos, otorgándose un plazo de 5 días hábiles;
        2o.) que al no dar cumplimiento a lo intimado, el citado Servicio sugiere la aplicación de una multa de U.R. 15, por la infracción constatada, de acuerdo a lo dispuesto en el Art. D. 4087, Cap. I, Tít. VI, Libro XV, Vol. XV del Digesto Departamental y por el Art. 14, numeral 1 y Art. 22 del Régimen Punitivo Departamental vigente (Decreto 21.626);
        3o.) que la Prosecretaría General eleva las actuaciones solicitando el dictado de la resolución correspondiente;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) que por Resolución N° 1937/16, de 9/5/16, se delegó en el Prosecretario General la





        facultad de aplicar multas de hasta un monto de UR 20;
        EL PROSECRETARIO GENERAL DE LA
        INTENDENCIA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de UR 15 (Unidades Reajustables quince) a la Sra. María Dolores Vale, CI 1.003.495-6, RUT 21 1913780012, responsable del local destinado a Pensión ubicado en Juncal 1481/83, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente Resolución.-
        2.- Disponer que transcurrido el plazo de 30 (treinta) días, si la multa permaneciera impaga, el Servicio Central de Inspección General comunicará a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes a los efectos de gestionar el cobro.-
        3.- Comuníquese al Municipio B, a los Servicios Gestión de Contribuyentes, Centro Comunal Zonal Nº 1 y pase al Servicio Central de Inspección General para la notificación correspondiente y demás efectos.-

CHRISTIAN DI CANDIA, Prosecretario General .-