Resolución N° 1483/00
Nro de Expediente:
6311-003018-99
 
DESARROLLO AMBIENTAL
Fecha de Aprobación:
2/5/2000


Tema:
COLECTOR PROVISORIO

Resumen:
Se autoriza el proyecto de conducción para dar desagüe a los efluentes del padrón No. 96912, propiedad de la firma FARCOSOL S.A. sito en la calle Puntas de Santiago No. 1686, dentro de los límites del Servicio Centro Comunal Zonal No 8.

Montevideo, 2 de Mayo de 2000.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones promovidas por la firma FARCOSOL S.A., propietaria del Edificio "Casa de Pons", mediante las cuales se gestiona la aprobación de un colector provisorio, para servir el predio ubicado en la calle Puntas de Santiago No. 1686, empadronado con el No. 96912, dentro de los límites del Servicio Centro Comunal Zonal No 8;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio de Estudios y Proyectos de Saneamiento, establece las condiciones en que se debe ejecutar y expresa que dadas las características de la obra corresponde que se ajuste a lo establecido en las Normas para la Construcción de Colectores Provisorios y Canalizaciones Especiales de Desagüe, aprobadas por Resolución No. 92.884 del Intendente Municipal de Montevideo del 6 de julio de 1977 y a los Artículos R. 931 a R.935 y D. 2.214 a D. 2.241 del Volumen VII del Digesto Municipal;
        2o.) que en base a la norma aplicada deberán cumplirse los siguientes requisitos:
        a) Los interesados tomarán a su cargo los trabajos correspondientes.
        b) La obra se clasifica en tipo A, por lo que su construcción se realizará de acuerdo al Artículo 18o. de la Norma referida.
        c) La dirección y contralor de las obras estará a cargo de este Municipio, determinándose un plazo de ejecución de 20 días hábiles, en las condiciones del Artículo 25o. de la Norma antedicha.
        d) La empresa que ejecute la obra deberá efectuar los trabajos de apuntalamiento y achique de napas subsuperficiales y subterráneas de modo de permitir la construcción "en seco" de tuberías, cámaras y obras complementarias;
        3o.) que los gestionantes deberán consignar las sumas de $ 13.000.oo y de $ 3.900,oo, por concepto de garantía de buena ejecución y/o cumplimiento de los plazos y por dirección y contralor de las obras, respectivamente;
        CONSIDERANDO: 1o.) que con fecha 10 de abril de 2000, los interesados fueron notificados de las condiciones en que deberá realizarse la obra en las personas del Ing. Daniel Nogueira y del Sr. Fernández Rivara, en calidad de técnico y director de la firma solicitante, respectivamente, quienes presentaron los recibos No. 803037 y 217001, emitidos por el Servicio de Tesorería por concepto de las garantías fijadas;
        2o.) que el Director General del Departamento de Desarrollo Ambiental, es de opinión favorable en la aprobación del proyecto con carácter de precario y revocable y en que se autorice la ejecución a los interesados;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1o.-Aprobar con carácter de precario y revocable la conducción para dar desagüe, a los efluentes cloacales del predio empadronado con el No. 96912, ubicado en la calle Puntas de Santiago No. 1686, propiedad de la firma FARCOSOL S.A., por las razones indicadas en la parte expositiva de la presente Resolución.
        2o.-Autorizar a los gestionantes a que en un todo de acuerdo con las condiciones establecidas por el Servicio de Estudios y Proyectos de Saneamiento y a las distintas normas mencionadas, que pasan a formar parte de esta Resolución, procedan por sus propios medios a la ejecución de las obras, bajo la dirección y contralor del Servicio de Obras de Saneamiento.
        3o.-Comuníquese al Departamento de Descentralización, y a los Servicios de Ingresos Comerciales, Centro Comunal Zonal No. 8 y de Estudios y Proyectos de Saneamiento, quien notificará a los gestionantes; cumplido, pase al Servicio de Obras de Saneamiento para la dirección de la obra y contralor del cumplimiento del Artículo 2o. de las Normas para la Construcción de Colectores Provisorios y Canalizaciones Especiales de Desagüe.
ALBERTO ROSSELLI, Intendente Municipal.-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General.-