Resolución N° 321/09/3000
Nro de Expediente:
3400-001206-09
 
DESCENTRALIZACION
Fecha de Aprobación:
30/4/2009


Tema:
MULTAS HABILITACION - INSPECCION GENERAL

Resumen:
Multas U.R. 6.4776 y U.R. 9.8940 al local ubicado en la calle Emancipación Nos. 4626/30 destinado a barraca de leña, perteneciente a la Sra. Verónica Silva Pérez.-

Montevideo, 30 de Abril de 2009.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento del establecimiento destinado a barraca de leña, sito en la calle Emancipación Nos. 4626/30, cuyo responsable es la Sra. Verónica Silva Pérez, C.I. 2.884.416-1, con igual domicilio a los efectos legales; RESULTANDO: 1o.) que en inspección realizada por el Sector Inspectivo del Servicio Centro Comunal Zonal No. 14, se pudo comprobar que carecía de las habilitaciones Municipales (Contralor de la Edificación) y de la Dirección Nacional de Bomberos, intimándosele a presentar en un plazo de 15 (quince) días en el mencionado Servicio, los comprobantes de haber iniciado los trámites correspondientes;
        2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de U.R. 6.4776 y otra de U.R. 9.8940, por infracción a lo dispuesto por el Decreto No. 21.626 de 23/IV/84 (falta de Habilitaciones Municipales y de la Dirección Nacional de Bomberos);
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las facultades oportunamente delegadas;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE DESCENTRALIZACION
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 6.4776 (Unidades Reajustables seis con cuatro mil setecientas setenta y seis diezmilésimas) y otra de U.R. 9.8940 (Unidades Reajustables nueve con ocho mil novecientas cuarenta diezmilésimas) a la Sra. Verónica Silva Pérez, C.I. 2.884.416-1, responsable del establecimiento destinado a barraca de leña, sito en la calle Emancipación Nos. 4626/30, con igual domicilio a los efectos legales, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Disponer que transcurrido el plazo de 30 (treinta) días calendario, si la multa permaneciera impaga, esta repartición comunicará a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes a los efectos de gestionar el cobro de la misma.-
        3.- Pase- por su orden- al Sector Despacho para notificación a la infractora y librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal No. 14.-

SRA. MIRIAM RODRIGUEZ, Directora General del Departamento de Descentralización.-