Resolución N° 409/01/2000
Nro de Expediente:
2230-080485-00
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
2/5/2001


Tema:
EXONERACIONES - CONTRIBUCION INMOBILIARIA

Resumen:
Se declara exonerada a la Comunidad de los Dominicos, del pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava a los inmuebles de su propiedad padrones Nos. 98.927, 100.178, 166.736 y 418.474. por el lapso de 5 años a partir del ejercicio 2000, excepto el padrón No. 418.474 que se exonera por el período 2001 a 2004 inclusive.

Montevideo, 2 de Mayo de 2001.-
 
        VISTO: la gestión iniciada por la Comunidad de los Dominicos, solicitando al amparo de los Arts. 5º y 69º de la Constitución de la República, exoneración de pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava a los inmuebles de su propiedad padrones Nos. 98.927, 100.178, 166.736 y 418.474, ubicados en las calles Mario Cassinoni Nos. 1337 y 1342 y Cno. Maldonado No. 5842 y Cno. Guerra respectivamente ;
        RESULTANDO: 1o.) que la gestionante ya ha sido objeto de similar exención fiscal según Resolución 84/99/2000 de 19 de enero de 1999, por los ejercicios 1995 a 1999 inclusive;
        2o.) que el Servicio de Ingresos Inmobiliarios informa que a dicho padrón le corresponde un porcentaje de exoneración del 100% según Res. No. 5990/96 de 17/12/1996;
        3o.) que se ha dado cumplimiento a los requisitos previstos por Resolución No. 7856/88 de 13 de setiembre de 1988 y Art. 448º. Ley No. 16.226 de 29 de octubre de 1991, por lo que puede accederse a lo solicitado a partir del ejercicio 2000 debiendo los interesados gestionar cada cinco años la tramitación exentiva en caso de querer acogerse al mismo de futuro, debiendo tener en cuenta que respecto al padrón No. 418.474 al haberse adquirido en el año 2000 el beneficio podrá aplicarse para el ejercicio 2001;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la División Administración Fiscal entiende que corresponde redactar resolución exonerando del impuesto de Contribución Inmobiliaria a la Comunidad de los Dominicos, de acuerdo al siguiente detalle:
        Padrón Períodos Porcentaje
        98.927 2000-2004 100%
        166.736 2000-2004 100%
        418.474 2001-2004 100%
        100.178 2000-2004 100%
        2o.) que por resolución No. 2472/00 de 17 de julio de 2000, el señor Intendente Municipal de Montevideo delegó en el Director General del Departamento de Recursos Financieros la facultad de exonerar el pago del tributo de Contribución Inmobiliaria;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS
        FINANCIEROS EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1o.- Declarar exonerada a la Comunidad de los Dominicos, del pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava a los inmuebles de su propiedad padrones Nos. 98.927, 100.178, 166.736 y 418.474 ubicados en las calles Mario Cassinoni Nos. 1337 y 1342 y Cno. Maldonado No. 5842 y Cno. Guerra respectivamente .-
        2o.- Dicha exención se concede al amparo de lo previsto en los Arts. 5o. y 69o. de la Constitución de la República, rigiendo por el lapso de cinco (5) años, a partir del ejercicio 2000, con excepción del padrón No. 418.474 que le corresponde exoneración por los ejercicios 2001 a 2004 inclusive, en concordancia con lo dispuesto por la Res. No. 7856/88 de 13/9/88 y su modificativa Res. No. 211/97 de 27/1/97.-
        3o.- Al vencimiento del lapso precedentemente referido, la interesada deberá gestionar nuevamente el otorgamiento de la precitada exoneración.-
        4o.- Pase al Servicio de Ingresos Inmobiliario

Cr. ALFREDO ASTI, Director General del Departamento de Recursos Financieros.-