Resolución N° 135/09/5500
Nro de Expediente:
4360-007828-09
 
DESARROLLO SOCIAL
Fecha de Aprobación:
17/7/2009


Tema:
MULTA SALUBRIDAD PÚBLICA

Resumen:
Se aplica multa de 16.359 UR a Gastón Bentancur, con domicilio en Pérez Gomar No. 4343.-

Montevideo, 17 de Julio de 2009.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la infracción a lo dispuesto en el Art. D. 2.159 del Volumen VI "De la Higiene y Asistencia Social" del Digesto Municipal, comprobada por el Servicio de Salubridad Pública en la finca sita en Pérez Gomar No. 4343, cuyo propietario es el Sr. Gastón Bentancur, C.I. No. 1.839.717-6;
        RESULTANDO: 1o.) que se intimó en reiteradas oportunidades a proceder a la limpieza total y permanente y a la desratización pertinente, así como al retiro de los animales allí existentes (gatos y perros), bajo apercibimiento de la aplicación de una multa de 16.3569 U.R.;
        2o.) que en inspección realizada con fecha 1o. de julio de 2009, se pudo comprobar que no se dio cumplimiento a lo intimado, por lo que correspondería la aplicación de la sanción, de acuerdo con lo determinado en el Art. 4o., apartado C) del Decreto No. 21.626;
        3o.) que la División Salud se manifiesta de conformidad;
        CONSIDERANDO: que por Resolución No. 3.222/05, de 13/VII/05, el Sr. Intendente Municipal delegó en esta Dirección General la facultad de aplicar multas de hasta U.R. 55;
        LA DIRECCIÓN GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE DESARROLLO SOCIAL
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1. Aplicar una multa de U.R. 16.3569 (Unidades Reajustables dieciséis con tres mil quinientas sesenta y nueve diezmilésimas) al señor Gastón Bentancur, C.I. No. 1.839.717-6, con domicilio en la calle Pérez Gomar No. 4343, por infringir lo dispuesto en el Art. D.2.159 del Volumen VI "De la Higiene y Asistencia Social" del Digesto Municipal.-
        2. Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3. Comuníquese a la División Salud y pase al Servicio de Salubridad Pública para notificación la al infractor y librar testimonio correspondiente.-

PROF. MARIA SARA RIBERO, Directora General del Departamento de Desarrollo Social.-