Resolución N° 1856/99
Nro de Expediente:
3120-000082-99
 
DESCENTRALIZACION
Fecha de Aprobación:
24/5/1999


Tema:
CONVENIOS

Resumen:
Convenio con Instituto de Educación Popular El Abrojo, Proyecto Espacio Juvenil Zonal No. 14.-

Montevideo, 24 de Mayo de 1999.-
 
        VISTO: que la Comisión de Juventud gestiona la renovación del Convenio suscrito con el Instituto de Educación Popular El Abrojo;
        RESULTANDO: 1o) que el mismo es a los efectos de continuar desarrollando en forma conjunta el Proyecto Espacio Juvenil de la Zona No. 14, el cual opera sobre el conjunto del área geográfica del Servicio Centro Comunal Zonal No. 14;
        2o) que se efectuó solicitud SEFI No. 28645;
        CONSIDERANDO: 1o) que el Departamento de Descentralización se expresa de conformidad;
        2o) que a los efectos de dotar de mayor agilidad al sistema asegurando su ejercicio eficiente, se entiende conveniente hacer uso del mecanismo previsto en el Art. 280o. de la Constitución de la República;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Aprobar el siguiente proyecto de renovación del Convenio suscrito con el Instituto de Educación Popular El Abrojo: CONVENIO: En Montevideo, a los días del mes de de mil novecientos noventa y nueve, POR UNA PARTE: la Intendencia Municipal de Montevideo, en adelante la Intendencia, representada por con domicilio en la Avda. 18 de Julio No. 1360 y POR OTRA PARTE: el Instituto de Educación Popular El Abrojo, con personería jurídica No. 5174, registrada ante el Ministerio de Educación y Cultura, representado por el Sr. Pedro Delprato, C.I. 1.978.245-1, con domicilio en la calle Basagoity No. 3922 y la Organización Social El Tejano, con personería jurídica No. 7969, registrada ante el Ministerio de Educación y Cultura, representada por el Sr. Walter Sena, C.I. 1.937.219-3, con domicilio en la Avda. Dr. Carlos María Ramírez No. 867, en adelante las Instituciones, convienen en celebrar lo siguiente: PRIMERO: OBJETO.- Las partes acuerdan poner en funcionamiento y desarrollar en forma conjunta el Proyecto Espacio Juvenil Zonal No. 14.- Este Proyecto opera sobre el conjunto del área geográfica del Servicio Centro Comunal Zonal No. 14, bajo dos modalidades básicas: una, mediante el desarrollo de actividades de encuentro en dos espacios físicos: los Centros Juveniles Mercado Victoria y La Tierrita y la otra, promoviendo, coordinando y articulando actividades junto a las diversas organizaciones de carácter social, no gubernamental y otros actores estatales que desarrollen actividades en la zona.- SEGUNDO: PLAZO.- El presente Convenio comenzará a regir a partir de su firma y por un plazo de 8 (ocho) meses.- TERCERO: DESIGNACION DE PERSONAL.- Las Instituciones designarán al personal técnico que trabajará en el Proyecto en común acuerdo con la Comisión de Juventud de la Intendencia.- CUARTO: TRANSFERENCIA DE FONDOS.- La Intendencia transferirá a las Instituciones la suma en moneda nacional equivalente a U$S 5.000 (cinco mil dólares estadounidenses) para el financiamiento de las distintas actividades que se llevarán adelante, bajo la supervisión de la Comisión prevista en la Cláusula Quinta del presente instrumento.- De dicho monto se rendirá cuenta en la forma que se establece en la Cláusula Sexta.- La transferencia se realizará en dos partidas iguales, una a partir de la firma del presente Convenio y otra en el mes de agosto de 1999.- La Intendencia aportará a su vez, la infraestructura edilicia y el equipamiento correspondiente cuyo uso y administración se reglamentará por parte de la Comisión de Juventud.- QUINTO: COMISION DE EVALUACION Y SEGUIMIENTO.- Se crea una Comisión de Evaluación y Seguimiento del presente Convenio, integrada por un representante del Instituto de Educación Popular El Abrojo, un representante de la Organización Social El Tejano, uno del Servicio Centro Comunal Zonal No. 14 y otro de la Comisión de Juventud.- SEXTO: INFORMES.- Las Instituciones deberán presentar, ante la División Promoción Social de la Intendencia, un informe cuatrimestral que contenga una evaluación de las actividades realizadas y la rendición de gastos correspondiente, reservándose la Intendencia el derecho a realizar auditorías e inspecciones cuando lo estime oportuno.- SEPTIMO: RESCISION.- Cualquiera de las partes podrá rescindir el presente Convenio en caso de incumplimiento así como desistir en forma unilateral con un preaviso de 30 (treinta) días anteriores al vencimiento del plazo.- OCTAVO: COMUNICACIONES ENTRE LAS PARTES.- Las partes aceptan el telegrama colacionado como medio idóneo para realizar las comunicaciones.- Para constancia y como prueba de conformidad se firman dos ejemplares del mismo tenor en el lugar y fecha arriba indicados.-
        2.- Delegar en el Director General del Departamento de Descentralización la facultad de suscribir el Convenio que por el numeral anterior se aprueba.-
        3.- Comuníquese al Departamento de Recursos Financieros, a la División Promoción Social, a los Servicios de Relaciones Públicas y Comunicaciones, de Escribanía, a la Unidad de Convenios y pase por su orden al Servicio de Contabilidad General y a la Comisión de Juventud.-
ARQ. MARIANO ARANA, Intendente Municipal.-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General.-