Resolución N° 914/23/1000
Nro de Expediente:
2022-5220-98-002745
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
13/7/2023


Tema:
MULTAS

Resumen:
Se aplica una multa de UR 36 a la empresa Aditium SA, por la falta de 18 metros de pasaje peatonal en la obra ubicada en la calle Rizal No. 3615.-

Montevideo, 13 de Julio de 2023.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la obra ubicada en la calle Rizal No. 3615, responsabilidad de la empresa Aditium SA, con domicilio en la calle Concepción Arenal No. 1802;
        RESULTANDO: 1o.) que el 1/6/23, el Servicio de Convivencia Departamental informa que personal inspectivo constató la falta de 18 metros de pasaje peatonal en la obra de referencia, labrándose el Acta N.º 1789, de 3/11/22;
        2o.) que se procedió a otorgar vista de acuerdo a lo dispuesto en el artículo R.69 del Volumen II del Digesto Departamental a efectos de la formulación de descargos;
        3o.) que el estudio de los descargos insumió un tiempo prolongado debido a las circunstancias del caso, no siendo de recibo los presentados;
        4o.) que en tal sentido el referido Servicio sugiere la aplicación de una multa de UR 36 por infringir lo dispuesto en los artículos D.3215 a D.3233 del Volumen XV del Digesto Departamental, "Planeamiento de la Edificación", conforme a lo preceptuado en el artículo 3, numeral 3, literal A, del Decreto N.º 21.626 (se establece un monto de UR 2 por metro lineal);
        5o.) que la Prosecretaría General remite las actuaciones para el dictado de la correspondiente resolución sancionatoria;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales de acuerdo a lo dispuesto por el Decreto N.º 34.134, de 12/4/12 y la Resolución N.º 2287/13 de 3/6/13;
        2o.) que por Resolución N.º 4242/20 de 01/12/2020 se delegó en la Secretaría General la facultad de aplicar multas de hasta un monto de UR 55;
        LA SECRETARIA GENERAL DE LA
        INTENDENCIA DE MONTEVIDEO
        1.- Aplicar una multa de UR 36 (unidades reajustables treinta y seis) a la empresa Aditium SA, RUT 217831290010, con domicilio en la calle Concepción Arenal No. 1802, Conexo Cowork (domicilio fiscal: Maldonado No. 815, apto. 902, correo electrónico: ciriarte.arq@gmail.com), por los motivos indicados en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Disponer que transcurrido el plazo de 30 (treinta) días, si la multa permaneciera impaga, el Servicio de Convivencia Departamental comunicará a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes a los efectos de gestionar el cobro.-
        3.- Comuníquese a la División Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación a sus efectos, al Servicio Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio de Convivencia Departamental para la notificación correspondiente y demás efectos.-

Ing. Agr. Olga Otegui, Secretaria General.-