Resolución N° 3674/99
Nro de Expediente:
2250-003587-98
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
27/9/1999


Tema:
PROYECTOS DE DECRETOS

Resumen:
Se somete a consideración de la Junta Departamental de Montevideo, la modificación del artículo 1o. del Decreto No. 28.598, sancionado el 27 de mayo de 1999, relacionado con el Llamado Público 22/98.-

Montevideo, 27 de Setiembre de 1999.-
 
          VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el Llamado Público 22/98, cuyo objeto es la enajenación de los inmuebles de propiedad municipal, padrones Nos. 416.712, 416.713, 416.714 y 416.715, ubicados con frentes a las calles Mar del Plata y Arq. Américo Ilaria;
          RESULTANDO: 1o.) que por Decreto No. 28.598, promulgado por Resolución No. 2149/99, de 14/VI/99, se facultó a este Ejecutivo para enajenar a la empresa MIAVIA S.A., los inmuebles referidos precedentemente, estableciéndose que el producido se destinará a la Cartera Municipal de Tierras para la Vivienda;
          2o.) que con fecha 16/VI/99, la División Abastecimientos dispuso se diera cumplimiento al artículo 58o. del TOCAF, poniéndose de manifiesto las actuaciones a los efectos de que los oferentes formularon por escrito las consideraciones que les mereciera el proceso cumplido;
          3o.) que, en tal sentido el 30/VI/99, dentro del plazo establecido para presentarse, la firma Gustavo de León, solicitó la reconsideración de la adjudicación propuesta a la empresa Miavia S.A., la cual no levantó la observación realizada en el acto de apertura de ofertas respecto a la acreditación de la representación legal de la mencionada sociedad, pasando a ser la oferta del compareciente la mejor y la que cumple con los requisitos legales de acuerdo al TOCAF;
          4o.) que en informe profesional de 1/IX/99, se destaca que del estudio del legajo administrativo no surge que la documentación exigida a Miavia S.A., haya sido agregada durante el desarrollo del procedimiento licitatorio, por lo que debe considerarse que el defecto formal que afectaba la admisibilidad de la propuesta no fue subsanado por el oferente en tiempo y forma;
          5o.) que, asimismo por nota de 30/VI/99, la empresa Miavia S.A. realiza una serie de afirmaciones que fueron puestas a consideración de la División Jurídica, la cual en dictamen de 17/IX/99, concluye destacando que lo expresado por aquélla, no justifica en absoluto su omisión en cumplir con la observación oportunamente formulada, respecto a acreditar la representación invocada para lo cual se le confirió el plazo que establece la normativa vigente, actualmente vencido en exceso;
          6o.) que la División Abastecimientos en informe de 7 y 22 de setiembre del año en curso, propicia la remisión de los obrados a la Junta Departamental de Montevideo solicitando la modificación del Decreto No. 28.598 dado que éste determina al adjudicatario innecesariamente;
          CONSIDERANDO: que procede proveer conforme a lo aconsejado por las dependencias competentes;
          EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
          RESUELVE:
          1. Someter a consideración de la Junta Departamental de Montevideo, la modificación del artículo 1o. del Decreto No. 28.598, sancionado el 27 de mayo de 1999, de acuerdo con lo expresado en la parte expositiva de la presente Resolución.-
          2. Comuníquese a las Divisiones Jurídica, Abastecimientos y cúmplase lo dispuesto en el numeral 1o.-
ARQ. MARIANO ARANA, Intendente Municipal.-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General.-