Resolución N° 4004/01
Nro de Expediente:
4114-002129-98
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
22/10/2001


Tema:
MULTAS

Resumen:
Multa 59,3640 U.R., fallas constructivas Rambla República de Chile Nº 4513, Dlavin S.A..-

Montevideo, 22 de Octubre de 2001.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con las fallas constructivas comprobadas en el inmueble sito en la Rambla República de Chile Nº 4513, propiedad de DLAVIN S.A. RUC 21 325541 0012;
        RESULTANDO: que el Servicio de Contralor de la Edificación informa que: a) se intimó la eliminación de las anomalías existentes sin que se haya regularizado la situación; b) corresponde aplicar una multa de 59,3640 U.R., según lo que establece el literal A, inciso d, numeral 12, Art. 3º y los Arts. 21º y 22º del Decreto No. 21.626 promulgado el 23/IV/84 y c) si no da cumplimiento a los requisitos exigidos dentro de un plazo de 30 días calendario se aplicará una multa de 59,3640 U.R.;
        CONSIDERANDO: que en aplicación a lo preceptuado por Resolución Nº 477/87 del 22/I/87, ratificada por Resolución Nº 2.244/94 del 5/VII/94, corresponde que las multas hasta 70 U.R. sean aplicadas por este Ejecutivo Comunal;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE
        1º.- Aplicar una multa de 59,3640 U.R. (cincuenta y nueve unidades reajustables con tres mil seiscientas cuarenta diezmilésimas), a DLAVIN S.A. RUC 21 325541 0012, propietaria del inmueble sito en la Rambla República de Chile Nº 4513, con domicilio en la calle José Enrique Rodó Nº 1824 Apto. 101, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2º.- Advertir a la infractora que si no da cumplimiento a los requisitos exigidos dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario se aplicará una multa de 59,3640 U.R. (cincuenta y nueve unidades reajustables con tres mil seiscientas cuarenta diezmilésimas).-
        3º.- Comuníquese al Servicio Gestión de Cobro de Morosos y pase a la División Espacios Públicos y Edificaciones, quién remitirá al Servicio Central de Inspección General los formularios impresos de acuerdo a lo determinado por el Art. R.98 del Volumen II del Digesto Municipal a los efectos de notificar el acto administrativo a la infractora, advirtiéndole que dispone de un plazo de 30 (treinta) días a contar de la fecha de notificación de la presente resolución para el pago de la multa, bajo apercibimiento de que, en caso de omisión, se iniciará acción judicial para el cobro de la misma.-
ARQ. MARIANO ARANA, Intendente Municipal.-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General.-