Resolución N° 13/20/1500
Nro de Expediente:
2019-1471-98-000381
 
MOVILIDAD
Fecha de Aprobación:
7/1/2020


Tema:
MULTAS

Resumen:
Aplicar a la empresa FREIRE CABRERA LUIS EDUARDO, R.U.T. Nº 215430360011, con domicilio en la calle Aparicio Saravia frente al Nº 5765 BIS, del Departamento de Montevideo, una multa de 20 U.R. por la circulación del vehículo matrícula LTP 2359, de su propiedad, en zona de exclusión para transporte de carga pesada sin permiso gestionado.

Montevideo, 7 de Enero de 2020.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la infracción cometida por el vehículo matrícula LTP 2359, propiedad de la empresa FREIRE CABRERA LUIS EDUARDO, R.U.T. Nº 215430360011, con domicilio en la calle Aparicio Saravia frente al Nº 5765 BIS, del Departamento de Montevideo;
        RESULTANDO: 1º) que el Servicio Inspección de Tránsito informa que el 28 de octubre de 2019, se constató la circulación en zona de exclusión para transporte de carga pesada sin permiso gestionado, lo que surge de Intervenido SA 854784;
        2º) que se le dio vista a la interesada el 11 de noviembre de 2019 y habiendo transcurrido el plazo respectivo no se presentaron descargos;
        3º) que la División Tránsito informa que corresponde aplicar la multa prescrita en el Artículo 1º del Decreto de la Junta Departamental de Montevideo Nº 32.618 del 14 de agosto de 2008;
        CONSIDERANDO: 1º) que por Resoluciones Nos. 3248/15 del 9 de julio de 2015 y 1906/19 del 10 de abril de 2019 el Sr. Intendente de Montevideo delegó en la Dirección General del Departamento de Movilidad, la facultad de aplicar multas de hasta un monto de U.R. 55 (unidades reajustables cincuenta y cinco);
        2º) lo dispuesto en los Arts. D.710 y R.424.86.4 del Volumen V del Digesto Departamental;
        LA DIRECCIÓN GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE MOVILIDAD
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1.- Aplicar a la empresa FREIRE CABRERA LUIS EDUARDO, R.U.T. Nº 215430360011, con domicilio en la calle Aparicio Saravia frente al Nº 5765 BIS, del Departamento de Montevideo, una multa de 20 U.R. (veinte unidades reajustables) por la circulación del vehículo matrícula LTP 2359, de su propiedad, en zona de exclusión para transporte de carga pesada sin permiso gestionado.
        2.- Comuníquese a la División Tránsito, a los Servicios Gestión de Contribuyentes, Contralor y Registros de Vehículos, Contralor de Conductores, a la Unidad de Logística y pase al Servicio Inspección de Tránsito.

PABLO INTHAMOUSSU, Director General del Departamento de Movilidad.-