Resolución N° 688/22/1500
Nro de Expediente:
2022-1469-98-000557
 
MOVILIDAD
Fecha de Aprobación:
5/8/2022


Tema:
ACTIVIDADES EN VÍAS DE TRÁNSITO

Resumen:
Autorizar a a realizar una actividad llamada "CARRERA HALF MARATON MONTEVIDEO" el domingo 7 de agosto de 2022 a partir de las 08/:00 horas sobre la Rambla, desde Pocitos a Ciudad Vieja, pasando por Plaza Independencia.

Montevideo, 5 de Agosto de 2022.-
 
        VISTO: la solicitud de PRODEPORTE, R.U.T: 216798250010, tendiente a que se la autorice a realizar una actividad deportiva llamada "CARRERA HALF MARATON MONTEVIDEO" el domingo 7 de agosto de 2022 a partir de las 08:00 horas;
        RESULTANDO: 1º) que el Servicio Inspección de Tránsito informa que para garantizar la seguridad de los participantes y los usuarios de la vía pública se deberá señalizar los cortes de calle según planillado adjunto en actuación Nº 1 y contratar Inspectores de Tránsito;
        2º) que la División Tránsito entiende oportuno autorizar la actividad a realizarse el domingo 7 de agosto de 2022 en los circuitos acordados con el Servicio Inspección de Tránsito;
        3º) que el solicitante exonera a la Intendencia de Montevideo de toda responsabilidad civil o penal que pudiera derivarse de la presente autorización, asumiendo las obligaciones inherentes a la misma;
        CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 4247/20 del 1º de diciembre de 2020 la Sra. Intendenta de Montevideo delegó en la Dirección General del Departamento de Movilidad la facultad, entre otras, de autorizar la realización de actividades en la vía pública;
        LA DIRECCIÓN GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE MOVILIDAD
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1.- Autorizar a la empresa PRODEPORTE, R.U.T: 216798250010, la realización de la actividad "CARRERA HALF MARATON MONTEVIDEO" el domingo 7 de agosto de 2022 a partir de las 08:00 horas sobre la Rambla, desde Pocitos a Ciudad Vieja, pasando por Plaza Independencia.
        2.- Para garantizar la seguridad de los participantes y los usuarios de la vía pública el organizador deberá señalizar los cortes de calle según lo acordado con el Servicio Inspección de Tránsito y contratar Inspectores de Tránsito, estando exonerados del pago de los mismos.
        3.- Queda exonerada la Intendencia de Montevideo de toda responsabilidad civil o penal que pudiera derivarse de la presente autorización, asumiendo el solicitante las obligaciones inherentes al mismo.
        4.- Comuníquese a la Jefatura de Policía de Montevideo, a los Municipios B y CH, a las Divisiones Tránsito y Transporte y pase al Servicio Inspección de Tránsito para su correspondiente notificación.

PABLO INTHAMOUSSU, Director General del Departamento de Movilidad.-