Resolución N° 1300/03/4000
Nro de Expediente:
4149-005592-01
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
19/11/2003


Tema:
RATIFICACIONES

Resumen:
Ratificar Decreto Nº 30.512 Enajenar Cooperativa Viviendas Andamios predio Padrón Nº 158.823.-

Montevideo, 19 de Noviembre de 2003.-
 
        VISTO: la facultad otorgada a esta Intendencia Municipal por Decreto de la Junta Departamental de Montevideo Nº 30.512 del 30/X/03 promulgado por Resolución Nº 4632/03 del 10/XI/03;
        RESULTANDO: que el Departamento de Acondicionamiento Urbano entiende que los motivos que originaron la correspondiente solicitud, mantienen su vigencia y oportunidad;
        CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 2.585/00 del 27/VII/00, el Sr. Intendente Municipal delegó en el Director General del Departamento de Acondicionamiento Urbano la facultad de dictar resoluciones cuyo objeto hubiera sido previamente autorizado o facultado por la Junta Departamental de Montevideo, mediante decretos que oportunamente se hubiesen promulgado por este Ejecutivo;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Enajenar a la Cooperativa de Viviendas Andamios, el predio de propiedad municipal empadronado con el Nº 158.823 y baldío anexo, con una área total de 2.320 m2, ubicados en la intersección de las calles Don Quijote y Lucas Píriz.-
        2º.- Establecer como precio de enajenación la suma de 8.895,2300 U.R (ocho mil ochocientas noventa y cinco unidades reajustables con dos mil trescientas diezmilésimas) siendo su forma de pago una entrega inicial de 2.815,2300 U.R. (dos mil ochocientas quince unidades reajustables con dos mil trescientas diezmilésimas) y el saldo en 8 (ocho) cuotas semestrales iguales de 760 U.R. (setecientas sesenta unidades reajustables).-
        3º.- Comuníquese al Departamento de Descentralización para conocimiento de la autoridad local competente y pase al Servicio de Tierras y Viviendas.-

ARQ. ROBERTO VILLARMARZO, Director General.-