Resolución N° 2673/01
Nro de Expediente:
3120-000320-01
 
DESCENTRALIZACION
Fecha de Aprobación:
23/7/2001


Tema:
CONVENIOS

Resumen:
Aprobar el proyecto de Convenio a suscribirse con esta Comuna y las firmas Montevideo Refrescos S.A., Cattivelli Hnos, y la Fundación con Todos los Niños, a los efectos de desarrollar un proyecto educativo-laboral orientado a brindar capacitación y una primera experiencia laboral a jóvenes con dificultades de inserción laboral.-

Montevideo, 23 de Julio de 2001.-
 
        VISTO: que la Comisión de Juventud gestiona la suscripción de un Convenio con las empresas Montevideo Refrescos S.A., Cattivelli Hnos. y la Fundación con Todos los Niños;
        RESULTANDO: 1o.) que el mismo es a los efectos de desarrollar un proyecto educativo-laboral orientado a brindar una primera experiencia laboral a jóvenes con dificultades de inserción social, complementada con capacitación en marketing y ventas;
        2o.) que consultado al respecto, el Departamento de Desarrollo Económico e Integración Regional, no tiene inconvenientes al Convenio propuesto;
        CONSIDERANDO: que la Dirección General del Departamento de Descentralización se expresa de conformidad;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Aprobar el siguiente proyecto de Convenio a suscribirse con esta Comuna y las firmas Montevideo Refrescos S.A., Cattivelli Hnos. y La Fundación con Todos los Niños: CONVENIO: En Montevideo, a los ....... días del mes de ............. de dos mil uno, POR UNA PARTE: la Intendencia Municipal de Montevideo, en adelante la Intendencia, representada por ........................ con domicilio en la Avda. 18 de Julio No. 1360, POR OTRA PARTE: Montevideo Refrescos S.A. en adelante la Empresa, representada.................., por ................................., con domicilio en esta ciudad en Camino Carrasco No. 6173, POR OTRA PARTE: Cattivelli Hnos., en adelante Cattivelli, representada por ......................................., con domicilio en esta ciudad, en ....................... y POR OTRA PARTE: La Fundación con Todos los Niños, en adelante la Fundación, representada por ..............................con domicilio en esta ciudad en ..........................., convienen en celebrar lo siguiente: PRIMERO: OBJETO: Habiendo desarrollado una experiencia exitosa de venta en carritos durante el periodo noviembre 2000-marzo 2001-, en el marco de un proyecto educativo laboral, las partes acuerdan aunar esfuerzos en el desarrollo de un proyecto educativo-laboral orientado a brindar capacitación y una primera experiencia laboral a jóvenes con dificultades de inserción social. Para ello, los jóvenes participantes del proyecto comercializarán refrescos, franksfruters y alimentos envasados previamente determinados por la partes involucradas, en espacios públicos definidos por la Intendencia. SEGUNDO: APORTES Y RESPONSABILIDADES DE LAS PARTES. I) La Intendencia, a través de la Comisión de Juventud, garantizará a las partes firmantes, el total cumplimiento de las responsabilidades asumidas en el presente Convenio. Asimismo, favorecerá la tramitación de los permisos para la venta de los productos en los espacios públicos acordados, realizará un seguimiento de la experiencia educativo- laboral y facilitará los locales a utilizar como centro de operaciones para cada zona. II) La Empresa y Cattivelli, brindarán a los jóvenes una capacitación básica en materia de promoción y comercialización de productos, facilitarán los productos a comercializar, bajo las condiciones acordadas por las partes y proveerá a los jóvenes de vestimenta, carritos y equipamiento técnico para el adecuado cumplimiento de sus tareas. III) La Fundación seleccionará a los jóvenes participantes en arreglo a las pautas previamente acordadas entre las partes firmantes, tramitará los permisos de venta en los espacios públicos definidos, realizará el seguimiento educativo y laboral de los jóvenes y se hará cargo de procesar la contabilidad de lo producido por materia de ventas. TERCERO: FINANCIAMIENTO: El proyecto será financiado por la venta de los productos mencionados. La Empresa, Cattivelli y la Fundación acordarán los criterios de distribución del monto producido, a partir de los siguientes criterios: a) de la ganancia originada por concepto de ventas, se pagará a los jóvenes, un salario mensual y una comisión determinada por la venta individual; b) de ese mismo monto se deducirá los costos de seguimiento administrativo y educativo a cargo de la Fundación; c) en caso de que la ganancia no cubriese los gastos ( puntos a y b), las empresas participantes de este acuerdo abonarán la diferencia y d) en caso de quedar un excedente se creará un fondo para el mantenimiento del proyecto en períodos de merma en las ventas y para el financiamiento de nuevos emprendimientos entre las partes. CUARTO: COORDINACION: El equipo coordinador del proyecto estará integrado por representantes de las cuatro partes firmantes del Convenio y se reunirá periódicamente con el objetivo de evaluar la marcha de las actividades y proponer eventuales ajustes para el logro de las metas estipuladas. QUINTO: PLAZO Y RENOVACION: El presente instrumento comenzará a regir a partir de su firma y hasta el 30/XI/01 y, será evaluado por las partes en forma permanente y al término del mismo, a fin de considerar su continuidad y extensión. SEXTO: Este convenio quedará sin efecto por el incumplimiento de las partes o por decisión de una de ellas con una antelación de treinta días. Para constancia y como prueba de conformidad se suscriben cuatro ejemplares de un mismo tenor en el lugar y fecha arriba indicados.-
        2.- Comuníquese a los Servicios de Prensa y Comunicación, Escribanía,
        Relaciones Públicas; Unidad de Convenios y pase a la Comisión de Juventud a sus efectos.-
ARQ. MARIANO ARANA, Intendente Municipal.-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General.-