Resolución N° 1134/12/2000
Nro de Expediente:
2230-016348-11
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
16/10/2012


Tema:
EXONERACIONES - CONTRIBUCION INMOBILIARIA

Resumen:
Se declara exonerada a la Asociación Civil "Círculo Filatélico de Montevideo", al amparo de lo previsto en el Art. 69o. de la Constitución de la República, del pago del 100% del impuesto de Contribución Inmobiliaria y sus adicionales que grava al inmueble de su propiedad padrón No. 15.551/03, ubicado en la calle Constituyente No. 1815, por el período 2011 a 2015 inclusive, por lo que esta Intendencia dejará de percibir anualmente la suma aproximada de $ 2.868,00.

Montevideo, 16 de Octubre de 2012.-
 
        VISTO: la gestión realizada por la Asociación Civil "Círculo Filatélico de Montevideo", solicitando exoneración de pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava al inmueble de su propiedad padrón No. 15.551/3, ubicado en la calle Constituyente No. 1815;
        RESULTANDO: 1o.) que la gestionante ha sido objeto de similar exención fiscal por los ejercicios 2009 y 2010, según Resolución No. 607/10/2000 de 5 de julio de 2010;
        2o) que habiéndose dado cumplimiento a los requisitos previstos por la Res. 7856/88 de 13/9/88 y el Art. 448o. de la Ley No. 16.226 de 29/10/91, puede otorgarse la exoneración solicitada al amparo de lo establecido en el Art. 69o. de la Constitución de la República, por los ejercicios 2011 a 2015 inclusive, dejando de percibir esta Intendencia la suma anual aproximada de $ 2.868,00;
        3o.) que la División Administración de Ingresos entiende procedente promover Resolución que exonere a la gestionante del impuesto de Contribución Inmobiliaria y sus adicionales respecto al padrón No. 15.551/3, por el período 2011 a 2015 en un porcentaje del 100%;
        CONSIDERANDO: que por Resolución No. 3079/10 de 12 de julio de 2010, la Intendenta de Montevideo delegó en el

        Director General del Departamento de Recursos Financieros la facultad de conceder exoneraciones tributarias a instituciones culturales y de enseñanza privada;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS FINANCIEROS EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1o.- Declarar exonerada a la Asociación Civil "Círculo Filatélico de Montevideo", al amparo de lo previsto en el Art. 69o. de la Constitución de la República, del pago del 100% (cien por ciento) del impuesto de Contribución Inmobiliaria y sus adicionales que grava al inmueble de su propiedad padrón No. 15.551/03, ubicado en la calle Constituyente No. 1815, por el período 2011 a 2015 inclusive, por lo que esta Intendencia dejará de percibir anualmente la suma aproximada de $ 2.868,00 (pesos uruguayos dos mil ochocientos sesenta y ocho).-
        2o.- En caso de modificarse cualquiera de las condiciones que dan mérito a la exoneración que se otorga, es obligación del beneficiario, informar a la Intendencia de dichas modificaciones.-
        3o.- Pase al Servicio de Ingresos Inmobiliarios para notificación del interesado y a sus efectos.-

Ec. Arturo Echevarría, Director General del Departamento de Recursos Financieros.-