Resolución N° 562/10/4000
Nro de Expediente:
4149-004715-06
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
20/9/2010


Tema:
RATIFICACIONES

Resumen:
Ratificar Decreto Nº 33.503 del 26/VIII/10, enajenar el lote No. 4 del Plano Proyecto de Fraccionamiento del Padrón No. 97.972, ubicado con frentes a las calles Juan Alonso Castellano y María Orticochea, a favor de la Cooperativa de Vivienda Coviaguada por la suma de 1.682,2200 U.R..-

Montevideo, 20 de Setiembre de 2010.-
 
        VISTO: la facultad otorgada a esta Intendencia por Decreto de la Junta Departamental de Montevideo Nº 33.503 del 26/VIII/10 promulgado por Resolución Nº 4148/10 del 13/IX/10;
        RESULTANDO: que el Departamento de Acondicionamiento Urbano entiende que los motivos que originaron la Resolución Nº 3206/10 del 19/VII/10, mantienen su vigencia y oportunidad;
        CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 3.089/10 del 12/VII/10, la Sra. Intendenta de Montevideo delegó en la Dirección General del Departamento de Acondicionamiento Urbano la facultad de dictar resoluciones cuyo objeto hubiera sido previamente autorizado o facultado por la Junta Departamental de Montevideo, mediante decretos que oportunamente se hubiesen promulgado por este Ejecutivo;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Enajenar el lote No. 4 del Plano Proyecto de Fraccionamiento del Padrón No. 97.972, agregado a fs. 73 del Expediente No. 4149-004715-06, ubicado con frentes a las calles Juan Alonso Castellano y María Orticochea, a favor de la Cooperativa de Vivienda Coviaguada, por la suma de 1.682,2200 U.R. (mil seiscientas ochenta y dos unidades reajustables con dos mil doscientas diezmilésimas) y su forma de pago se ajustará a las condiciones previstas por la Reglamentación aprobada por Resolución de la Intendencia N° 2.791 de 19 de agosto de 1994, disponiéndose que los fondos se verterán en la cuenta extrapresupuestal de Cartera de Tierras No. 13300566-
        2º.- Comuníquese al Municipio G, al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 13 y a



        la División Tierras y Hábitat y pase al Servicio de Tierras y Viviendas.-

ELEONORA BIANCHI CASERTA, Directora General.-