Resolución N° 522/22/1000
Nro de Expediente:
2021-5220-98-002116
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
13/7/2022


Tema:
MULTAS

Resumen:
Se aplica una multa de UR 54 a Lorena Paola Lanfranconi Garrido, responsable del local comercial sito en la calle Ituzaingó Nº 1324 por la comercialización de mercadería vencida en el local de referencia.-

Montevideo, 13 de Julio de 2022.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el local comercial sito en la calle Ituzaingó Nº 1324, responsabilidad de Lorena Paola Lanfranconi Garrido;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio de Convivencia Departamental informa que personal inspectivo comprobó la comercialización de mercadería vencida en el local de referencia, labrándose Acta Nº 48031 de 2/9/21;
        2o.) que se procedió a otorgar vista de acuerdo a lo dispuesto por el Art. R.69 del Vol. II del Digesto Departamental a efectos de la formulación de descargos;
        3o.) que el estudio de los descargos insumió un tiempo prolongado debido a las circunstancias del caso, no siendo de recibo los presentados;
        4o.) que en tal sentido el mencionado Servicio sugiere aplicar una multa de UR 54 de acuerdo a lo dispuesto por el Decreto No. 315/994 (Reglamento Bromatológico Nacional), el Art. D.895, Inc. f) del Volumen VI “Higiene y Asistencia Social” del Digesto Departamental, de conformidad con el Art. 4, Ap. A), Num. 3, Inc. f) del Decreto No. 21.626 (Régimen Punitivo Departamental);
        5o.) que la Prosecretaría de conformidad eleva las actuaciones para el dictado de la correspondiente resolución sancionatoria;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales de acuerdo al Decreto No. 34.134 de 12/04/12 y la Resolución No. 2287/13 de 03/06/13;
        2o.) que por Resolución No. 4242/20 de 01/12/2020 se delegó en la Secretaria General la
        facultad de aplicar multas de hasta un monto de UR 55;
        LA SECRETARIA GENERAL DE LA
        INTENDENCIA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de UR 54 (unidades reajustables cincuenta y cuatro) a Lorena Paola Lanfranconi Garrido, CI 3.642.664-4, RUT 216466190017, responsable del local comercial sito en la calle Ituzaingó Nº 1324, domicilio electrónico: amlibonatti@gmail.com, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Disponer que transcurrido el plazo de 30 (treinta) días si la multa permaneciera impaga el Servicio de Convivencia Departamental comunicará a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes a los efectos de gestionar dicho cobro.-
        3.- Comuníquese al Municipio B, a los Servicios Centro Comunal Zonal Nº 1, Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio de Convivencia Departamental para la notificación correspondiente y demás efectos.-

Ing. Agr. Olga Otegui, Secretaria General.-