Resolución N° 858/23/1000
Nro de Expediente:
2022-5220-98-001354
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
6/7/2023


Tema:
MULTAS

Resumen:
Se aplica una multa de UR 50, quinta reincidencia, al Sr. Matías Pérez, responsable del establecimiento denominado Torero Club, ubicado en la calle Gutemberg N.º 6158, por falta de permiso.-

Montevideo, 6 de Julio de 2023.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el establecimiento denominado "Torero Club" sito en la calle Guttemberg Nº 6158, responsabilidad del Sr. Matías Pérez;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio de Convivencia Departamental informa el 28/09/22, que personal inspectivo constató que se transgredió lo dispuesto por el artículo D.2773 (De los Espectáculos Públicos, Volumen XIII) del Digesto Departamental (falta de permiso), labrándose el Acta N.º 17416 de 02/07/22;
        2o.) que se procedió a otorgar vista de acuerdo a lo dispuesto por el artículo R.69 del Volumen II del Digesto Departamental a efectos de la formulación de descargos;
        3o.) que el estudio de las reincidencias y los descargos insumió un tiempo prolongado debido a las circunstancias del caso, no siendo de recibo los presentados;
        4o.) que en tal sentido el citado Servicio sugiere la aplicación de una multa de UR 50, quinta reincidencia, conforme a lo dispuesto por el Decreto Nº 36.615, artículo 2, literal B y el artículo 8, apartado A, inciso 2, literal B del Decreto Nº 21.626 (Régimen Punitivo Departamental);
        5o.) que la Prosecretaría General remite las actuaciones para el dictado de la correspondiente resolución;
        6o.) que por Resolución N.º 13/23/1200 de 05/01/23 se inició el período de aplicaciones de las multas correspondientes a las infracciones constatadas, siendo la N.º 321/23/1000, de 22/03/23, la cuarta reincidencia;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales de acuerdo al Decreto Nº 34.134 de 12//04/12 y la Resolución Nº 2287/13 de 03/06/13;
        2o.) que por la
        Resolución Nº 4242/20 de 01/12/2020 se delegó en la Secretaría General la facultad de aplicar multas de hasta un monto de UR 55;
        LA SECRETARIA GENERAL DE LA
        INTENDENCIA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de UR 50 (unidades reajustables cincuenta) quinta reincidencia, al Sr. Matías Pérez, CI 5.293.859-0, RUT 219135740014, responsable del establecimiento denominado Torero Club, sito en la calle Guttemberg Nº 6158, por los motivos indicados en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2- Disponer que transcurrido el plazo de 30 (treinta) días, si la multa permaneciera impaga, el Servicio de Convivencia Departamental comunicará a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes a los efectos de gestionar el cobro.-
        3.- Comuníquese a la División Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación a sus efectos, al Servicio Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio de Convivencia Departamental para la notificación correspondiente y demás efectos.-

Ing. Agr. Olga Otegui, Secretaria General.-