Resolución N° 634/23/5000
Nro de Expediente:
2023-1348-98-000006
 
GESTION HUMANA Y RECURSOS MATERIALES
Fecha de Aprobación:
1/9/2023


Tema:
LICENCIAS

Resumen:
Se concede licencia sin goce de sueldo a Ing. Agrim. Huáscar Camblor.-

Montevideo, 1 de Setiembre de 2023.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones promovidas por el funcionario Ing. Agrim. Huáscar Camblor quien se desempeña en el Servicio Contralor de la Edificación;
        RESULTANDO: 1º.) que solicita licencia extraordinaria sin goce de sueldo a partir del 28 de agosto de 2023 y por el término de 25 (veinticinco) días, por motivos personales;
        2º.) que el citado Servicio y la Gerencia de Permisos de Construcción se manifiestan de conformidad;
        3º.) que el Equipo Técnico Asesoría Jurídica del Departamento de Gestión Humana y Recursos Materiales sugiere autorizar la licencia extraordinaria sin goce de sueldo solicitada;
        CONSIDERANDO: 1º.) que se estima procedente el dictado de resolución en tal sentido;
        2º.) las facultades delegadas por Resolución Nº 4246/20 de fecha 1° de diciembre de 2020;
        LA DIRECCIÓN GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE
        GESTIÓN HUMANA Y RECURSOS MATERIALES
        RESUELVE:
        1º.- Conceder licencia extraordinaria sin goce de sueldo, por el término de 25 (veinticinco) días, a partir del 28 de agosto de 2023, al funcionario Ing. Agrim. Huáscar Camblor, CI Nº 1.830.580, quien se desempeña en el Servicio Contralor de la Edificación.-
        2º.- Establecer que para que el reintegro se produzca antes del vencimiento de la licencia concedida bastará la presentación ante la dependencia en la que se desempeña mediante un acta en la que exprese la voluntad de interrumpir dicha licencia.-
        3º.- Disponer que tanto en este caso como en aquella circunstancia en que se produjera el vencimiento definitivo de la licencia extraordinaria concedida, la dependencia en la que se desempeña deberá comunicar de inmediato al Servicio de Administración de Gestión Humana, Unidad Información de Personal, la fecha del reintegro efectivo a fin de registrar la situación de ACTIVO APTO AL COBRO en el S.R.H. y la habilitación de los relojes para el registro de asistencia. La omisión de tal comunicación será considerada falta pasible de sanción.-
        4º.- Comuníquese al Departamento de Desarrollo Urbano, a la Gerencia de Permisos de Construcción, a los Servicios de Planeamiento Estratégico de Gestión Humana, Gestión de Retribuciones y Contralor de la Edificación, para la notificación correspondiente, a la Unidad Información de Personal y pase al Servicio de Administración de Gestión Humana, a sus efectos.-

Sr. Jorge MESA, Director General del Departamento de Gestión Humana y Recursos Materiales..-