Resolución N° 443/11
Nro de Expediente:
6370-005468-10
 
DESARROLLO AMBIENTAL
Fecha de Aprobación:
31/1/2011


Tema:
REASENTAMIENTOS

Resumen:
Se modifica la Resolución No. 5226/10, de fecha 8 de noviembre de 2010, estableciendo que la vivienda cuya tasación se aprobó es la ubicada en la calle Oficial 9 No. 121. Se aprueba el incremento de la reparación económica dispuesta por Resolución 5226/10, en relación a dicha vivienda, cuyo titular es el Sr. Wilson Roberto De León Barreto, en U.I. 186.994,79, equivalentes a $ 399.981.86.

Montevideo, 31 de Enero de 2011.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones promovidas por la Unidad Ejecutora del Plan de Saneamiento, Etapa IV, Contrato de Préstamo BID No. 1819/OC-UR;
      RESULTANDO: 1o.) que por Resolución No. 5226/10, de fecha 8 de noviembre de 2010, se aprobó la tasación de la vivienda ubicada en la calle Guinea No. 121, cuyo titular es el Sr. Wilson Roberto De León Barreto, ascendiendo su valor a U.I. 46.715,60, equivalentes a $ 99.219,26, autorizándose el pago de dicho monto al Sr. De León, por concepto de obtenerse la libre disposición del inmueble en cuestión;
      2o.) que con fecha 21 de diciembre de 2010, compareció el apoderado del interesado (fs. 32) solicitando se revea la tasación, fundándose en que la misma no se corresponde con el valor de su vivienda;
      3o.) que con fecha 22 de diciembre de 2010, el Ing. Carlo Filipeli, Director de las Obras comprendidas en el Primer Paquete de Obras del Plan de Saneamiento IV, Barrio Casabó Norte y Rincón del Cerro, informa que la vivienda objeto de obrados se encuentra ubicada en la calle Oficial 9 No. 121, habiéndose padecido error en la precitada resolución, el cual se debió a la existencia de una vivienda sobre la calle Guinea con igual numeración;
      4o.) que ante el error padecido, la Unidad Ejecutora actuante, solicitó autorización para tasar la vivienda sita en la calle Oficial 9 No. 121 (fs. 33), obteniéndose la conformidad con fecha 23

      de diciembre de 2010;
      CONSIDERANDO: 1o.) que las obras de saneamiento incluidas en la zona de Casabó Norte ya se encuentran en ejecución, resultando imprescindible la disposición de los terrenos donde se emplazarán los servicios;
      2o.) que con fecha 24 de diciembre de 2010, el Ing. Andrés Dibarboure, realizó la tasación solicitada, la que ascendió a U.I. 233.710,3860, teniendo en cuenta los daños y perjuicios ocasionados;
      3o.) que la repartición actuante continúa indicando que habiéndose aprobado por Resolución No. 5226/10, el valor de la vivienda en U.I. 46.715,60, corresponde aprobar un monto complementario, a efectos de proceder a la reparación económica en la suma de $ 399.981,86, equivalentes a U.I. 186.994,79, conforme a la tasación practicada por el Ing. Dibarboure;
      4o.) que con fecha 30 de diciembre de 2010, se realizó la imputación SEFI No. 133.253, por la suma de $ 399.981,86, equivalentes a U.I. 186.994,79, aplicándose la Unidad Indexada del día indicado;
      5o.) que el Director General Interino del Departamento de Desarrollo Ambiental es de opinión favorable en que se apruebe el complemento de la indemnización y se autorice el pago, a efectos de disponer del bien en forma inmediata;
      LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
      RESUELVE:
      1o.-Modificar el numeral 1o. de la Resolución No. 5226/10, de fecha 8 de noviembre de 2010, estableciendo que la vivienda cuya tasación se aprobó es la ubicada en la calle Oficial 9 No. 121 y no en la calle Guinea No. 121.
      2o.-Aprobar el complemento de la reparación económica dispuesta por Resolución 5226/10, en relación a la vivienda ubicada en la calle Oficial 9 No. 121, cuyo titular es el Sr. Wilson Roberto De León Barreto, Cédula de Identidad No. 3.789.478-7, en U.I. 186.994,79 (ciento ochenta y seis mil novecientas noventa y cuatro unidades indexadas con 79/100), equivalentes a $ 399.981.86 (pesos uruguayos trescientos noventa y nueve mil novecientos ochenta y uno con 86/100), en mérito a los fundamentos expuestos en la parte expositiva de la presente resolución.
      3o.-Autorizar el pago de la suma antes mencionada al Sr. De León Barreto, en adición a la dispuesta por Resolución No. 5226/10, en función de los conceptos aludidos.
      4o.-Comuníquese a los Departamentos de Recursos Financieros y Planificación, a la División Planificación Territorial y pase por su orden a Contaduría General para el contralor del gasto y a la Unidad Ejecutora del Plan de Saneamiento a los efectos correspondientes.
ANA OLIVERA, Intendenta de Montevideo.-
RICARDO PRATO, Secretario General.-