Resolución N° 4436/03
Nro de Expediente:
3220-016432-02
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
27/10/2003


Tema:
VARIOS

Resumen:
Autorizar condicionado uso calzada Circunvalación Durango Nº 381, Olivia Agosti, exonerando pago tasa.-

Montevideo, 27 de Octubre de 2003.-
 
        VISTO: la solicitud de la Sra. Olivia Agosti C.I. Nº 1:376.249-3, propietaria del restaurante Calake ubicado en Circunvalación Durango Nº 381, entre las calles 1º de Mayo y Rincón, a los efectos de que se le conceda autorización, exonerando del pago de la tasa correspondiente, para la instalación de una tarima de madera frente a su local sobre la calzada, para la colocación de mesas y sillas, conforme al gráfico que luce a fs. 3 del expediente Nº 3220-016432-02;
        RESULTANDO: 1º) que por Resolución Nº 5041/99 del 31/XII/99 se autorizó a San Miguel IV S.R.L. el uso de la calzada referida, sujeto al pago mensual de 21 U.R.;
        2º) que la Comisión Especial Permanente de la Ciudad Vieja recibe la propuesta de instalación referida;
        3º) que la Junta Local de la Zona Nº 1 en su Sesión del 24/IV/03 resolvió sugerir se exonere el pago correspondiente (zona concesionada a Autoparque) en el entendido que el equipamiento constituye un aporte urbanístico a una zona sumamente deprimida;
        4º) que la División Administración Fiscal informa que: a) no existe norma que ampare tal pretensión, no obstante recoge el planteo que cuenta con aval de la Junta Local correspondiente y b) la misma debería ser temporalmente y dejando en claro que se otorgará sin contraprestación;
        5º) que la División Tránsito y Transporte presta su conformidad;
        CONSIDERANDO: que el Departamento de Acondicionamiento Urbano entiende que corresponde acceder a lo solicitado;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1º.- Autorizar con carácter precario y revocable, a Sra. Olivia Agosti C.I. Nº 1:376.249-3, propietaria del restaurante Calake, el uso de la calzada de la Circunvalación Durango Nº 381, entre las calles 1º de Mayo y Rincón, Padrón Nº 2987, para la instalación de una tarima de madera con mesas y sillas, conforme al gráfico que luce a fs. 3 del expediente Nº 3220-016432-02.-
        2º.- Establecer que la misma estará exonerada del pago de la tasa correspondiente, sin contraprestación alguna.-
        3º.- Comuníquese a la Jefatura de Policía de Montevideo, al Departamento de Descentralización para conocimiento de la Junta Local de la Zona Nº 1, a la Comisión Especial Permanente de la Ciudad Vieja, a los Servicios Central de Inspección General, de Vigilancia y de Ingeniería de Tránsito y pase a la División Tránsito y Transporte para la notificación pertinente y demás efectos.-
ARQ. MARIANO ARANA, Intendente Municipal.-
ING. QUIMICO PABLO BUONOMO, Secretario General (I).-