Resolución N° 139/22/5500
Nro de Expediente:
2022-9590-98-000155
 
DESARROLLO SOCIAL
Fecha de Aprobación:
14/11/2022


Tema:
BONIFICACION TASA BROMATOLÓGICA

Resumen:
Aprobar la bonificación con el 100 % del pago de la tasa bromatológica por concepto registro de productos, a 2 (dos) artículos pertenecientes a la empresa "Sosa Rivero Maida Noelia y Sauval Nocera Cecilia", R.U.T Nº 218.223.330.014, por estar comprendidos en la Resolución Nº 4753/21 y por el Decreto Nº 37.917/21.-

Montevideo, 14 de Noviembre de 2022.-
 
    VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la nota presentada por la empresa "Sosa Rivero Maida Noelia y Sauval Nocera Cecilia", inscripta en el Registro Único Tributario de la Dirección General Impositiva con el Nº 218.223.330.014;
    RESULTANDO: 1o.) que la citada empresa cuenta con planta elaboradora ubicada en calle Jorge Williams s/n, entre José P. Varela y calle Ibirapitá, Balneario Solymar, Ciudad de la Costa, del Departamento de Canelones (Padrón Nº 12.286);
    2o.) que mediante una nota elevada al Servicio de Regulación Alimentaria la referida empresa solicita la exoneración del pago de la tasa bromatológica por concepto de registro de productos, en 2 (dos) artículos, según el siguiente detalle:
Registro Nº
Artículo
Fecha de Aprobación
32927/26
Pizza con muzzarella libre gluten
23/03/22
32927/5
Rebozador sin gluten
01/07/22

    3o.) que la Sección Registros de Productos del Servicio de Regulación Alimentaria (SRA) expresa que los productos alimentarios mencionados se encuentran amparados por el Decreto Nº 37.917/21 y su reglamentación por Resolución Nº 4753/21 de fecha 6 de diciembre de 2021;
    4o.) que además informa que la empresa esta habilitada con el Nro. 32.927 en el SRA, y los artículos por los cuales se solicita la exoneración están habilitados y fueron registrados con posterioridad al citado Decreto, otorgándosele los números de registro que se citan en el resultando segundo;
    5o.) que la Dirección (I) del Servicio de Regulación Alimentaria solicita se exonere a la citada empresa del pago de la tasa bromatológica creada por el artículo 31 del Decreto Nº 32.265 de fecha 8 de enero del 2008, y sus modificativas, por concepto de habilitación de empresa y de habilitación y registro de alimentos, a la/s empresa/s que se ajustan a la disposición prevista en el Decreto Nº 37.917/21;
    6o.) que la División Salud se manifiesta de conformidad con la petición formulada;
    CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 4753/21 de fecha 6 de diciembre de 2021, la señora Intendenta delegó en la Dirección General del Departamento de Desarrollo Social la facultad de otorgar bonificaciones de hasta un 100% (cien por ciento) del pago de la tasa bromatológica creada por el artículo 31 del Decreto Nº 32.265 del 8 de enero de 2008, y modificativas, por concepto de habilitación de empresa y de habilitación y registro de alimentos, a las empresas que se encuentren en la situación prevista en el Decreto Nro. 37.917;
    LA DIRECCIÓN GENERAL DEL DEPARTAMENTO
    DE DESARROLLO SOCIAL EN EJERCICIO
    DE FACULTADES DELEGADAS
    RESUELVE:
    1.- Aprobar la bonificación del 100% del pago de la tasa bromatológica por concepto de habilitación y registro de productos, según el Decreto Nro. 37.917 y su reglamentación por Resolución Nº 4753/21 de fecha 6 de diciembre de 2021, a la empresa "Sosa Rivero Maida Noelia y Sauval Nocera Cecilia", inscripta en el Registro Único Tributario de la Dirección General Impositiva con el Nº 218.223.330.014, respecto de los siguientes artículos:
    Registro Nº
    Artículo
    Fecha de Aprobación
    32927/26
    Pizza con muzzarella libre gluten
    23/03/22
    32927/5
    Rebozador sin gluten
    01/07/22

    2.- Establecer que dicha empresa esta habilitada con en el registro Nº 32.927 en el sistema del Servicio de Regulación Alimentaria.-
    3.- Comuníquese a los Departamentos de Secretaría General y de Recursos Financieros, a la División Salud, a la Unidades Central de Auditoría Interna y Central de Presupuesto, a la Unidad de Gestión Presupuestal, a la Administración de Ingresos Municipales y pase al Servicio de Regulación Alimentaria a fin de notificar a la empresa correspondiente.-

Lic. Mercedes Clara, Directora General del Departamento de Desarrollo Social.-