VISTO: estos obrados relacionados con el predio propiedad de la Intendencia, empadronado con el Nº 422.454, Solar 19, sito con frente a la calle Isidro Mas de Ayala Nº 5738;
RESULTANDO: 1º) que por Decreto Nº 33.137 del 12/XI/09, promulgado por Resolución Nº 5124/09 del 30/XI/09 se facultó a la Intendencia para conceder en un todo de acuerdo con lo dispuesto por el Decreto No. 24.654, la tenencia de los lotes resultantes de los padrones Nos. 422.454 y 422.455, conforme al plano de mensura y fraccionamiento de los ingenieros agrimensores Jorge Franco y Pablo Moraes, inscripto en la Dirección Nacional de Catastro con el Nº 40.770 otorgando el solar de obrados a la Sra. Verónica C. Suárez Mariño, C.I. 3.960.603-7;
2º) que el Servicio de Tierras y Viviendas, con la conformidad de la División Tierras y Hábitat informa que: a) la Sra. Gladys Silva Espósito y el Sr. Richard Barboza, C.I. Nos. 2.514.115-9 y 2.709.334-7 respectivamente, fueron beneficiarios en la regularización del barrio San Antonio de una vivienda sita en Pasaje D esquina Continuación Dieulafoy en el marco del Plan de Mejoramiento de Barrios; b) la Sra. Silva padece una enfermedad psiquiátrica de gravedad y le han afectado su salud las situaciones de violencia sucedidas en el barrio; c) por esta razón, ella y su pareja, el Sr. Barboza, realizaron un intercambio de viviendas con la Sra. Suárez Mariño; d) si bien se entiende que la solicitud debió realizarse antes de efectuar los cambios, los motivos planteados por la familia son considerados válidos y por otro lado, la vivienda se encuentra cuidada y con pequeñas obras de mejora y e) por lo expuesto, se propicia modificar el decreto antes mencionado otorgando la tenencia del Solar 19 del padrón de obrados a la Sra. Silva y al Sr. Barboza;
3º) que la Unidad Especial Ejecutora de Atención al PIAI se muestra de conformidad en la realización de la modificación de tenencia del lote referido e informa que: a) la Sra. Silva y el Sr. Barboza fueron beneficiarios de una vivienda existente (terreno con mejoras) en el Barrio San Antonio donde aún no se ha llegado a la fase de titulación y por lo tanto, no existe una documentación legal que adjudique dicho terreno quedando pendiente su titularidad y b) en lo que refiere al caso de la Sra. Suárez, si aún continúa viviendo en el terreno para cuando el barrio ingrese a la fase de titulación, se estudiará el caso y se procederá de acuerdo a la Guía de Criterios Generales de esta Unidad;
CONSIDERANDO: que la Dirección General del Departamento de Desarrollo Urbano entiende que corresponde modificar el citado Decreto en el sentido indicado;
EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO
RESUELVE:
1º.- Remitir a la Junta Departamental de Montevideo el siguiente:
PROYECTO DE DECRETO
Artículo 1º.- Modificase el Art. 1º del Decreto Nº 33.137 del del 12/XI/09, en lo referente al predio empadronado con el Nº 422.454, Solar 19, sito con frente a la calle Isidro Mas de Ayala Nº 5738 estableciendo su tenencia en favor de las siguientes personas beneficiarias:
| Solar |
Puerta Nº |
Nombre |
C.I. Nº |
| 19 |
5738 |
Gladys Alicia Silva Espósito
Richard Tomás Barboza
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2.514.115-9
2.709.334-7
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Artículo 2º.- Establécese que, en todo lo demás, el Decreto Nº 33.137 se mantendrá vigente.-
Artículo 3º.- Comuníquese.-
2º.- Comuníquese a la División Tierras y Hábitat, al Servicio de Tierras y Viviendas, a la Unidad Especial Ejecutora de Atención al PIAI y pase al Departamento de Secretaría General para su remisión, sin más trámite, a la Junta Departamental de Montevideo.- |