Resolución N° 654/01/3000
Nro de Expediente:
3230-002331-01
 
DESCENTRALIZACION
Fecha de Aprobación:
6/7/2001


Tema:
MULTA POR DEMOLICION SIN PERMISO

Resumen:
Multa por demolición sin permiso a finca sita en la calle Inca 1804, propiedad de los Sres. Adrián y Néstor Linale Mendia.-

Montevideo, 6 de Julio de 2001.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con la demolición realizada sin el correspondiente permiso municipal en la finca sita en la calle Inca 1804, propiedad de los Sres. Adrián Danilo Linale Mendia C.I. 2.622.454-7 y Néstor Javier Linale Mendia C.I. 3.484.674-3 , domiciliados a los fines legales en la calle Paysandú 1833 Apto. 002;
        RESULTANDO: que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 2 informa que corresponde aplicar una multa de U.R. 11,8728, según lo que establece el Decreto No. 21.626, Sección XIII, Art. 15, numeral B, por haber realizado la demolición sin haber culminado la autorización;
        CONSIDERANDO: que por Resolución No. 2478/00 del 17/VII/00 el Sr. Intendente Municipal delegó en el Director General del Departamento de Descentralización la facultad de aplicar multas hasta un monto de U.R. 55;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE DESCENTRALIZACION
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 11,8728 (Unidades Reajustables once con ocho mil setecientas veintiocho diezmilésimas), a los Sres. Adrián Danilo Linale Mendia C.I. 2.622.454-7 y Néstor Javier Linale Mendia C.I. 3.484.674-3, con domicilio legal en la calle Paysandú 1833 Apto. 002, propietarios de la finca sita en la Inca 1804, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días a contar de la fecha de notificación de la presente resolución, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión Cobro de Morosos bajo apercibimiento de que en caso de omisión se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Pase por su orden- al Sector Despacho de este Departamento para notificar a los infractores y librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal No. 2.-

SR. ERNESTO DE LOS CAMPOS , Director General del Departamento de Descentralización.-