Resolución N° 1860/00
Nro de Expediente:
3250-013230-99
 
JURIDICA
Fecha de Aprobación:
29/5/2000


Tema:
RECURSOS

Resumen:
No se hace lugar al interpuesto contra la Res. 15/00/3000 por la Sra. Mercedes Rivitz.-

Montevideo, 29 de Mayo de 2000.-
 
        VISTO: los recursos de reposición y apelación en subsidio, interpuestos por la Sra. Mercedes Rivitz Polischuk, contra la Resolución Nº 15/00/3000, dictada por la Dirección General del Departamento de Descentralización, en ejercicio de facultades delegadas,
        RESULTANDO: 1o) que por dicho acto se dispuso la aplicación a la gestionante, de dos multas, una de 14.5746 U.R. y otra de 22.2615 U.R., por infracción al Decreto No. 5332 y la Resolución No. 2.873/92, y el Art. D. 3419.10, Volumen XV, Tomo II, Art. 3o., Inc. 20 de acuerdo al Decreto No. 21.626 del 23/IV/84 (Primera Reincidencia), debido a que pese a los plazos concedidos y las sanciones aplicadas anteriormente (Res. No. 411/99/3000) no presentó la documentación habilitante que autorizara el funcionamiento del establecimiento de su propiedad, destinado a Fábrica de Tejidos de Punto;
        2o) que en lo medular la recurrente sostiene que no se trata de una fábrica lo que funciona en el lugar indicado, sino un "taller" que confecciona materia prima de terceros;
        CONSIDERANDO: 1o) que el informe de fs. 16 no encuentra de recibo los agravios de la reclamante, entendiendo que correspondería mantener la recurrida;
        2o) que correspondería dictar resolución en el sentido que se indica;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1o.- Ratificar lo dispuesto por la Resolución Nº 15/00/3000, dictada por la Dirección General del Departamento de Descentralización, en ejercicio de facultades delegadas.-
        2o.- El Departamento de Descentralización remitirá testimonio de la Resolución con la constancia de que se trata de un acto administrativo firme, al Departamento de Recursos Financieros, a los efectos del cobro ejecutivo de las multas.-
        3o.- Pase, por su orden, al Servicio Central de Inspección General, a los efectos de la notificación, y al Departamento de Descentralización a los efectos indicados en el numeral anterior.-
ALBERTO ROSSELLI, Intendente Municipal.-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General.-