Resolución N° 103/22/6000
Nro de Expediente:
2022-6446-98-000109
 
PLANIFICACION
Fecha de Aprobación:
25/10/2022


Tema:
MULTAS

Resumen:
APLICAR UNA MULTA DE U.R. 22 (UNIDADES REAJUSTABLES VEINTIDOS) A LA EMPRESA NELL HORNOS MIGUEL ANDRES, IMPLANTADA EN LOS BIENES INMUEBLES EMPADRONADOS CON EL Nº 46859 y Nº 414838 UBICADOS EN CNO. CNEL. RAIZ Nº 2368 Y Nº 2324 , DENTRO DE LOS LÍMITES DEL SERVICIO CENTRO COMUNAL ZONAL Nº 13, MUNICIPIO G, POR CONCEPTO DE FALTA DE HABILITACIÓN COMERCIAL.

Montevideo, 25 de Octubre de 2022.-
 
          VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la actividad sin permiso en los padrones Nos. 46859 y 414838, ubicados en Cno. Cnel. Raíz Nos. 2368 y 2324 respectivamente, dentro de los límites del Servicio Centro Comunal Zonal Nº 13, Municipio G, propiedad de la empresa Nell Hornos Miguel Andres;
          RESULTANDO: 1º) que la Unidad Control y Monitoreo Territorial informa que:
          a) la empresa Nell Hornos Miguel Andres implantada en los predios Nos. 46859 y 414838 no cuenta con permisos para realizar sus actividades;
          b) la empresa fue intimada a regularizar la situación según las notificaciones de fecha 4 de abril de 2022, 15 de febrero de 2021 y 3 de enero de 2021, sin que diere cumplimiento a lo intimado y habiendo otorgado vista de las actuaciones en forma previa al dictado de la resolución en la fecha 30 de junio de 2022;
          c) se sugiere aplicar una sanción de U.R. 22 (unidades reajustables veintidós) por falta de habilitación comercial de acuerdo a lo establecido en el Decreto Nº 21.626, sección XIII, artículo N° 14, numeral 1), tipo de infracción leve e importancia de la industria grande, instalado sin trámite;
          2º) que se procedió de acuerdo a lo establecido en el Art. R.69 del Volumen II del Digesto, estando el propietario notificado de la aplicación de la multa de marras;
          CONSIDERANDO: 1º) lo establecido en la sección XIII, artículo N° 14, numeral 1) del Decreto N° 21.626 de fecha 23 de abril de 1984;
          2º) que por Resolución Nº 4242/20 de fecha 1 de diciembre de 2020, se delegó en la Dirección General del Departamento de Planificación la facultad de aplicar multas hasta un monto de U.R. 55 (unidades reajustables cincuenta



          cinco);
          LA DIRECCION GENERAL DEL
          DEPARTAMENTO DE PLANIFICACIÓN
          EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
          RESUELVE:
          1º.  Aplicar una multa de U.R. 22 (unidades reajustables veintidós) a la empresa Nell Hornos Miguel Andres, RUT 218166650019 ubicada en los bienes inmuebles empadronados con los Nos. 46859 y 414838, con frente a Cno. Cnel. Raíz Nos. 2368 y 2324 respectivamente, dentro de los límites del Servicio Centro Comunal Zonal Nº 13, Municipio G, por falta de habilitación comercial.-
          2º.  Comuníquese al Departamento de Desarrollo Urbano, al Municipio A; a la Gerencia Planificación Territorial; a los Servicios Contralor de la Edificación, Gestión de Contribuyentes y Centro Comunal Zonal Nº 17 y pase a la Unidad Control y Monitoreo Territorial para que se sirva notificar al infractor del presente acto administrativo, advirtiéndole que dispone de un plazo de 30 (treinta) días a contar de la fecha de notificación para el pago de la multa bajo apercibimiento de que, en caso de omisión, se iniciará acción judicial para su cobro.-

DR. ARQ. LUIS OREGGIONI, Director General del Departamento de Planificación.-.-